En todos los casos, los períodos de ausencia no usufructuados durante el año en curso, no podrán ser transferidos ni acumulados para el año siguiente, ni tampoco darán derecho a prórrogas de la beca (excepto en las ausencias por maternidad y adopción).
Estos períodos caducarán automáticamente con la cancelación o finalización de la beca.
Adopción
Las personas que hayan iniciado un proceso de adopción podrán ausentarse de su lugar de trabajo por el término de cien (100) días corridos por motivo del otorgamiento de la guarda con fines de adopción de uno o más niños/as o adolescentes, a partir del día hábil siguiente al de haberse dispuesto la guarda.
El período de ausencia deberá ser informado formalmente al CONICET, con la firma de la persona adoptante, de director/a y codirector/a de beca y de la autoridad del lugar de trabajo, adjuntando las constancias que acrediten la situación.
En este caso, la finalización de la beca se prorrogará por un período igual al de la ausencia.
En caso de adopción múltiple, el período de ausencia se ampliará treinta (30) días corridos por cada hijo/a.
Solicitudes y consultas deben dirigirse a becas@conicet.gov.ar
Descanso Anual
Los becarios podrán ausentarse de su lugar de trabajo por un total de hasta 30 (treinta) días por año como descanso anual.
El período de descanso deberá ser coincidente con los recesos establecidos en el lugar de trabajo aprobado por el CONICET para desarrollar la beca
Deberá informar el período de descanso anual al director de beca y a las autoridades del lugar de trabajo, utilizando los procedimientos que cada sede de investigación establezca para este fin.
Las consultas deben dirigirse a becas@conicet.gov.ar
Matrimonio
Los becarios que contraigan matrimonio podrán ausentarse de su lugar de trabajo por el término de 10 (diez) días corridos a partir del matrimonio civil.
Deberá informar el período ausencia por matrimonio al director de beca y a las autoridades del lugar de trabajo, utilizando los procedimientos que cada sede de investigación establezca para este fin.
Recuerde que deberá actualizar la información correspondiente a su grupo familiar teniendo en cuenta la información publicada aquí.
Las consultas deben dirigirse a becas@conicet.gov.ar
Nacimiento
Podrán ausentarse de su lugar de trabajo por el término de quince (15) días corridos por nacimiento de hijo/a a partir de la fecha de parto a las personas no gestantes que ejercen la corresponsabilidad parental.
En caso de parto múltiple, el período de ausencia se ampliará quince (15) días corridos por cada nacimiento posterior al primero.
Deberá informar el período de ausencia por nacimiento al director de beca y a las autoridades del lugar de trabajo, utilizando los procedimientos que cada sede de investigación establezca para este fin.
Recuerde que deberá actualizar la información correspondiente a su grupo familiar teniendo en cuenta la información publicada aquí.
Las consultas deben dirigirse a becas@conicet.gov.ar
Fallecimiento de familiar
Se autorizará a los becarios a ausentarse de su lugar de trabajo por los siguientes períodos:
a) Fallecimiento del Cónyuge o pariente sanguíneo en 1º grado: 5 (cinco) días hábiles.
b) Fallecimiento de parientes consanguíneos de 2º grado: 3 (tres) días hábiles.
Deberá informar el período de ausencia por fallecimiento de familiar al director de beca y a las autoridades del lugar de trabajo, utilizando los procedimientos que cada sede de investigación establezca para este fin.
Las consultas deben dirigirse a becas@conicet.gov.ar
Nacimiento o adopción de hijo/a con discapacidad
En los casos del nacimiento o adopción de un/a hijo/a con discapacidad, se otorgará a el/la becario/a un período adicional de cinco (5) meses de ausencia del lugar de trabajo con motivo de maternidad o adopción, con el mismo período de prórroga de la beca.
La solicitud de este período adicional deberá realizarse adjuntando el Certificado Único de Discapacidad o las constancias médicas correspondientes.
Las consultas deben dirigirse a becas@conicet.gov.ar