INCIHUSA   20883
INSTITUTO DE CIENCIAS HUMANAS, SOCIALES Y AMBIENTALES
Unidad Ejecutora - UE
congresos y reuniones científicas
Título:
La libertad de conciencia como fundamento del constitucionalismo
Autor/es:
JUAN FERNANDO SEGOVIA
Lugar:
Bogotá, Colombia
Reunión:
Congreso; Congreso Internacional “Estado, ley y conciencia”,; 2010
Institución organizadora:
Universidad Católica de Colombia y la Asociación Colombiana de Juristas Católicos
Resumen:
La conferencia gira en torno al siguiente argumento: Sin libertad de conciencia no habría nacido el constitucionalismo, pues el racionalismo jurídico-político que está a la base de la organización estatal fue incubado en la afirmación protestante de la libertad de conciencia. Para que el constitucionalismo emerja como la organización racional, voluntaria del Estado se requiere de una libertad de creación, que previamente debe negar un orden, el orden del ser, la naturaleza de las cosas, que no depende del hombre sino de Dios. El orden (natural, creado, el orden del ser) tiene que ser reemplazado por la organización emanada de la subjetividad cartesiana o kantiana, en definitiva moderna, por la norma racional que organiza la diversidad según los patrones de la conciencia emancipada del orden, libertada del ser y de Dios, y que se imponen como poder. Se realiza un estudio del origen protestante, luterano, de la libertad de conciencia.