INCIHUSA   20883
INSTITUTO DE CIENCIAS HUMANAS, SOCIALES Y AMBIENTALES
Unidad Ejecutora - UE
congresos y reuniones científicas
Título:
Abuso sexual infantil desde una mirada interdisciplinaria
Autor/es:
PEREZ CHACA, M. V.; FOSCHI, M. I.; GIMENEZ, S. Y MOLLO, S.
Lugar:
Mendoza
Reunión:
Jornada; 1º Jornadas Nacionales de Salud Mental y 7º Jornadas Provinciales de Salud Mental "Salud Mental un compromiso social"; 2007
Institución organizadora:
Dirección de Salud Mental de la Provincia de Mendoza y la Unidad Coordinadora Ejecutiva de Salud Mental del Ministerio de Salud y Ambiente de la Nación
Resumen:
El abuso sexual infantil (ASI) es definido como “toda aquella situación  en que un adulto utiliza su interrelación con un menor en relación de sometimiento, para obtener una satisfacción sexual en condiciones tales en que el niño o niña son sujetos pasivos de tales actos y pierden la propiedad de sus propios cuerpos”(Grosman y Mesterman) Se considera Abuso Sexual Infantil (ASI), cuando una persona madura ha participado o permitido la participación de un niño en cualquier acto de naturaleza sexual que tenga como propósito la gratificación sexual del adulto, haya o no contacto físico. Donde generalmente el victimario no necesariamente utiliza la fuerza física, sino que aprovecha la relación de confianza  y poder sobre su víctima.             El ASI es un delito contra la Integridad Sexual, tal cual lo estipula el código penal. Como tal, el ASI, es un área difícil de investigar, ya que el SECRETO, la vergüenza y la culpa, se encuentran entre sus componentes.           El carácter perverso del abuso sexual hace que los hechos queden encapsulados en el espacio comunicacional de la familia, sin posibilidad de ser transmitidos en el interior, ni en el exterior. La regla impuesta es el silencio, que organiza la relación y garantiza la supervivencia del sistema. Entre las personas involucradas nace entonces un vínculo de facto, sin alternativas.          En la mayor parte de los casos el abusador no siente ninguna culpa, y todo el sentimiento de incongruencia lo hace derivar el la víctima. Esta el la única culpable, puesto que el abusador no muestra duda alguna sobre la “normalidad” de su conducta.          La vergüenza es el resultado del comportamiento humillante del abusador con respecto a la víctima. Lo obsceno y la descalificación, hacen creer a la víctima que es indigna por naturaleza, tiene la sensación de que no vale nada y su autoestima se ve gravemente dañada.          El secreto es la base y precondición del abuso, donde a partir de ese pacto que se establece entre el niño y el abusador, que puede ir acompañado de amenaza, se funda el abuso y deja al niño en condición de plena vulnerabilidad. El niño queda entrampado sin poder decir a nadie a lo que esta siendo sometido.          Si decimos que el silencio es la precondición del abuso, es importante romper con él. Algunos niños lo pueden verbalizar en un contexto determinado, donde sienta que puede ser escuchado y protegido. Otros niños no lo expresan verbalmente, pero lo manifiestan con sus conductas; conductas que deben ser “escuchadas desde el exterior”. Es un pedido de ayuda que no puede pasar inadvertido en el mundo externo.          Romper el silencio es el primer paso para romper con la conducta abusiva: Anunciar, Denunciar lo que pasa. Para ello es importante la Ley (lo legal), que va a introducir  un orden a nivel familiar y psicológico. La ley es un instrumento, una herramienta que permite un ordenamiento, un orden que debería haber sido puesto por un adulto responsable dentro del grupo familiar. Al no existir, se introduce la ley que viene de afuera (lo legal), una ley que ampara, cuida, que puede mostrar otra realidad, más sana, otras alternativas y otras posibilidades. Para ello, se requiere de una intervención especializada, interdisciplinaria, que pueda brindar contención y ayuda al niño/a abusado con las herramientas necesarias que apunten a su recuperación.