10 DE OCTUBRE - DÍA MUNDIAL DE LA SALUD MENTAL

Fortalecer el trabajo interdisciplinario e intersectorial es clave para profundizar las transformaciones en el campo de la salud mental

Así lo afirman integrantes del eje de Salud Mental de la Red de Investigaciones en Derechos Humanos (DDHH) del CONICET y explican las razones.


En el marco del Día Mundial de la Salud Mental, que se celebra cada 10 de octubre, integrantes y colaboradores del eje de Salud Mental de la Red de Investigaciones en Derechos Humanos del CONICET afirman la necesidad de abordar la salud mental de una manera interdisciplinaria y con una perspectiva de derechos humanos. Asimismo, destacan avances y desafíos que se plantean en este campo.

La salud mental tiene una íntima relación con la perspectiva de derechos humanos, tanto a nivel local como a nivel internacional. Precisamente, la Ley Nacional de Salud Mental (LNSM) Nº 26.657 implicó un reconocimiento de esta vinculación a partir de la definición que otorga el artículo 3.

“Esta ligazón entre la salud mental y la perspectiva de derechos humanos implica reconocer que aquellas personas con padecimiento mental conforman un grupo poblacional caracterizado por su particular situación de vulnerabilidad, y que, paradójicamente, fueron y aún hoy son, en muchos casos,  blanco de intervenciones, prácticas y tecnologías basadas en el encierro, la exclusión social y otras violaciones a los derechos humanos”, afirma Mariano A. Poblet Machado, coordinador del Centro de Salud Mental Comunitaria “Mauricio Goldenberg”, integrante del Equipo Interdisciplinario de Ejecución de la Pena en la Defensoría General de la Nación y colaborador del eje de Salud Mental de la Red de Investigaciones en DDHH del CONICET.

Por su parte, Carla Guirado, antropóloga egresada de la Universidad Nacional de Rosario (UNR) y becaria doctoral del CONICET en el Instituto de Investigaciones Socio Históricas Regionales (ISHIR/UNR-CONICET), señala que la LNSM instituye una forma de atención que se basa en dispositivos diversos, distribuidos territorialmente, según las necesidades de las problemáticas de las personas y establece que la atención debe realizarse dentro del ámbito comunitario de pertenencia de las personas. “Ahora, ese giro paradigmático y una transformación sociocultural no se produce de la noche a la mañana. Y en ese sentido, si bien implicó un cambio sustantivo, no basta con la sanción de una ley”, destaca.

En esa línea, Benjamín Azar Bon, licenciado en Psicología y becario doctoral del CONICET en la Universidad Nacional de Tucumán, afirma que en ese proceso de transformación resulta fundamental el trabajo de los Órganos de Revisión de la Ley Nacional de Salud Mental, tanto a nivel nacional como en cada una de las provincias de nuestro país. “Dicho organismo tiene como objeto proteger, supervisar y monitorear los DDHH de las personas usuarias de los servicios de Salud Mental y controlar la cumplimentación de la ley en cada jurisdicción del país”, puntualiza.

“Además del órgano de revisión que es un actor clave en el campo de la Salud Mental en nuestro país, es necesario generar y acompañar procesos de exigibilidad para el pleno ejercicio de derechos en los distintos espacios territoriales en los que se realizan las prácticas. Esto incluye a las organizaciones profesionales, asociaciones de personas usuarias y a la comunidad en su conjunto”, agrega Paula Tortosa, licenciada en Psicología, magíster en Epidemiología, Gestión y Políticas en Salud y becaria doctoral de CONICET en el Instituto de Investigaciones Gino Germani de la Facultad de Ciencias Sociales de la UBA (IIGG-UBA).

El vínculo entre la salud mental y el paradigma de derechos humanos también responde a una multiplicidad de instrumentos jurídicos integrantes del Sistema Internacional e Interamericano de Derechos Humanos que son centrales en la institucionalidad del Estado Argentino. “Entre estos instrumentos, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD) de la ONU del 2006, ratificada en Argentina en el 2008 ocupa un lugar distinguido. Esta Convención consolidó una herramienta jurídica que permitió, junto a otros instrumentos ya existentes, dar visibilidad al colectivo de personas con discapacidad psicosocial (entre las cuales se incluyen las personas con padecimiento mental) dentro del sistema de protección de derechos humanos de Naciones Unidas”, destaca Solana Yoma, doctora en Psicología y becaria postdoctoral del CONICET en el Instituto de Investigación y Formación en Administración Pública de la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Córdoba e  integrante del Observatorio de Salud Mental y Derechos Humanos de Córdoba.

Y continúa: “Sin embargo, algunas jurisdicciones han presentado dificultades en la puesta en marcha de procesos de reforma, manteniendo inalterado el modelo manicomial como elemento central de abordaje de las problemáticas de salud mental en demérito de prácticas de índole comunitaria”.

En paralelo, indica Poblet Machado, el Código Civil y Comercial sancionado en el año 2015, también incorpora elementos conceptuales de la CDPD en el ordenamiento jurídico local, como la presunción de capacidad jurídica, la igualdad ante la ley y la incorporación del modelo de apoyos, entre otros. “Por ello, se puede afirmar que la vinculación entre salud mental y derechos humanos responde a compromisos internacionales que el Estado Argentino ha asumido en la materia, los cuales fueron a la propia legislación local” agrega.

Enfoque interdisciplinario

Dado que la salud mental es un campo complejo y multideterminado por factores culturales, históricos, sociales, económicos, psicosociales y también biológicos, es preciso un abordaje interdisciplinario que considere la intersección de lo psíquico y social, afirma Jorgelina Di Iorio, doctora en Psicología egresada de la UBA e investigadora del CONICET en el Instituto de Investigaciones en Psicología en la Facultad de Psicología de la UBA.

“El conflicto se arma cuando pensamos que la salud mental es una especialidad o una disciplina”, señala Di Iorio y cita las palabras del médico, psicoanalista, docente e investigador Emiliano Galende por su claridad para definir esta problemática: “La salud mental es un campo social que define el sufrimiento psíquico como un objeto complejo que requiere diferentes miradas sobre los determinantes del padecimiento y habilita  prácticas que parten de considerar al sujeto como miembro de una comunidad”.

Asimismo, Di Iorio subraya que las afecciones en salud mental son dinámicas, no se pueden limitar a entidades patológicas previamente definidas “y, además, los escenarios socio-históricos van dando lugar a la emergencia de nuevas formas en las que se expresan esos padecimientos. De ahí la importancia de la interdisciplina y de una multiplicidad de estrategias, más que respuestas de talla única”.

En esa línea Tortosa destaca que el abordaje interdisciplinario de la salud mental desde una perspectiva de derechos humanos “constituye un punto clave para luego generar políticas públicas orientadas no sólo a la atención en los distintos niveles, sino también la prevención de problemáticas vinculadas con el padecimiento psíquico de las personas”.

Azar Bon considera que para profundizar las transformaciones en el campo de la salud mental se requiere fortalecer el trabajo interdisciplinario e intersectorial, “ya que son condiciones de posibilidad para abordajes integrales y comunitarios. Es fundamental entender a las personas desde una perspectiva integral e indisolublemente ligada a la comunidad si se pretende desarrollar una salud mental que posibilite y promueva la dignidad, la libertad y el pleno goce de los DDHH”.

Para Guirado la LNSM supone una transformación profunda de la relación del Estado con las personas con sufrimiento psíquico, apuntando a su integración socio-comunitaria desde un enfoque de DDHH. “Sin embargo la capacitación y formación en derechos humanos y salud mental posibilita desarrollar un saber, un querer y un poder para ejercer y defender los DDHH propios y de los demás. Esto es una condición de ciudadanía; supone entender estos derechos fundamentales, no sólo como norma jurídica, sino como pautas que regulan y afectan la vida en común. Construir espacios de formación en DDHH fortalece nuestra democracia en clave popular y participativa”.

En este marco, Di Iorio destaca la relevancia que han tenido y tienen los cursos de capacitación que se realizan desde eje Salud Mental de la Red de Investigaciones en Derechos Humanos DDHH del CONICET en coordinación con la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación. Estos cursos en formato virtual están destinados a integrantes de equipos de salud pertenecientes a hospitales de todo el país. El año pasado, la capacitación fue sobre “Investigaciones en género y salud mental. Derechos sexuales y reproductivos y abordajes en instituciones monovalentes”.

Este año el segundo módulo de capacitación se llama “Salud mental y género: investigaciones situadas y orientaciones para las prácticas”.

Eugenia Bianchi, socióloga y doctora en Ciencias Sociales e investigadora del CONICET en el IIGG-UBA, destaca la relevancia de las líneas de investigación en salud mental desde una perspectiva de derechos humanos y de género: mujeres, personas trans y otras disidencias sexuales.

“Solo por dar un ejemplo reciente. La pandemia trajo una consecuencia muy marcada en el deterioro de la salud mental de las mujeres. Hay estudios de OMS y de CEPAL que plantean que la pandemia implicó una mayor letalidad en varones y una mayor sobrecarga de cuidados y actividades en mujeres que se tradujo en un incremento de sintomatología asociada a ansiedad y depresión, así como un aumento en el consumo de psicofármacos”, afirma Bianchi.

Por otra parte, “a partir de estudios en la Provincia de Córdoba, hemos comprobado que el encierro manicomial agudiza las vulneraciones de derechos de las mujeres internadas en relación a su salud sexual y (no) reproductiva, en sus posibilidades de maternaje, en la relación con sus hijos e hijas, y en situaciones de violencias y abusos durante las internaciones, entre otras cuestiones”, puntualiza Yoma. Y continúa: “Los resultados de estas múltiples investigaciones dan cuenta de que se trata de prácticas sistemáticas que resultan consustanciales al modelo manicomial y a la existencia de lógicas patriarcales en estos espacios de reclusión institucional. Y se agravan en los cruces entre salud mental, género, etnia y clase social quienes se enfrentan a situaciones de exclusión, padecimiento e inequidad”.

Para Di Iorio ha habido avances en materia legal, “pero que hay que seguir trabajando para que la ley tenga una plena implementación y cumplimiento. Para esto es sumamente necesario que se realicen capacitaciones en materia de salud mental y derechos humanos en múltiples ámbitos, y en ese sentido es que redoblamos la apuesta por hacer aportes desde la investigación interdisciplinaria, con conocimientos que colaboren con ese objetivo”.

Por Bruno Geller