BECAS
ZALAZAR MarÍa Luisa
capítulos de libros
Título:
El Pueblo Qom del Nordeste argentino y la nueva normativa del Código Civil
Autor/es:
ZALAZAR MARIA LUISA; LOPEZ PEREYRA SERGIO
Libro:
XI Jornadas de comunicaciones científicas y tecnológicas de la Facultad de Derecho, Ciencias Sociales y Políticas-UNNE
Editorial:
Moglia Ediciones
Referencias:
Lugar: Corrientes; Año: 2016; p. 118 - 118
Resumen:
El Pueblo Qom en Argentina representa un porcentaje importante de la población, mucho más en la región del Nordeste. El nuevo Código Civil trae reformas que modificarán la vida de todos los ciudadanos argentinos. La situación jurídica del Pueblo Qom con el nuevo Código Civil en relación a la posesión de tierras, representa el objeto de análisis del presente trabajo,  mediante  el  cual  se  pretende  llegar  a  una  reflexión  de  la  normativa  recientemente  dictada  y  su  impacto  en  la Población Indígena local. Las  comunidades  indígenas  reconocidas  tienen  derecho  a  la  posesión  y  propiedad  comunitaria  de  las  tierras  que tradicionalmente ocupan y de aquellas otras aptas y  suficientes para el desarrollo humano según lo establezca la ley, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 75 inciso 17 de la Constitución Nacional (art. 18).  Los Pueblos Indígenas poseen una cultura, que exige, además de buenas intenciones, una mirada desde su  cosmovisión para en dictado de leyes que los comprendan. Más  allá  de  lo  objetado  por  las  distintas  comunidades,  va  de  suyo  que  el  respeto  y  reconocimiento  de  los  Pueblos Originarios en el nuevo Código Civil, hubiera exigido, además del reconocimiento expreso en alguna parte del articulado, que se impregne todo el nuevo Código del respeto por el pluralismo y la multiculturalidad.  No  podemos  dejar  de  señalar,  que  tal  objetivo que  se  encuentra  en  proceso  de  realización-se  logrará  a  través  de  múltiples  pasos,  de  reconocimientos  parciales,  tal  como configura  éste,  que  -aunque  con  falencias-  podrá  tender,  con  eltiempo,  a  un  reconocimiento  integral  de  los  Pueblos  Originarios,  quienes  son  los  pobladores  primigenios  de  ésta,  una nación Pluralista.