INVESTIGADORES
TIO VALLEJO Gabriela
artículos
Título:
La administración de justicia y la experiencia de las autonomías provinciales en el Río de la Plata. El caso de Tucumán
Autor/es:
TÍO VALLEJO, GABRIELA
Revista:
Revista de Historia del Derecho
Editorial:
Dunken
Referencias:
Lugar: Buenos Aires, capital federal; Año: 2008 p. 141 - 171
ISSN:
0325-1918
Resumen:
Desde hace más de una década, la discusión en torno a los itinerarios y formas del liberalismo en América Latina ha reinstalado el tema de la desaparición de los cabildos rioplatenses como caso particular en relación a los territorios en que se aplicó la constitución de Cádiz. El caso tucumano puede servir para observar la construcción de un liberalismo de antiguo régimen en ausencia de instituciones municipales. Hacia 1820 en el Río de la Plata las provincias se enfrentan no sólo a la desaparición del poder imperial y del poder central revolucionario, sino también a la extinción de los cabildos. Hablar de un vacío institucional es, sin embargo, impreciso. Este trabajo recorre el itinerario institucional de una provincia en el contexto de los veintes de la mano de la que había sido la atribución fundamental de los cabildos: la administración de justicia,. Juan Bautista Alberdi señalaba como una de las características de los ordenamientos provinciales, la equiparación de los órganos centrales con los provinciales; ello puede verse desde 1820 en la adaptación de constructos constitucionales como el Reglamento Provisorio de 1817 o la Constitución de 1819 a los diversos ensayos de ordenamiento provincial. Una ciudad como San Miguel de Tucumán, con una experiencia histórica de subordinación, apenas superada por su papel protagónico en la guerra y el haber sido sede del Congreso que declaró la Independencia en 1816, se transforma en un estado autónomo. En el ámbito de la justicia, ello implica una serie de problemas: la carencia de instancias superiores de apelación, la escasez de personal preparado para las distintas funciones y el peligro de la intervención del poder ejecutivo o el legislativo en los asuntos judiciales. Con la doble crisis, de la monarquía y la disolución de un poder central en el Río de la Plata, los distintos niveles de la justicia retrovierten también en las soberanías provinciales. Si el camino natural de la retroversión de la soberanía habían sido los cabildos ¿cuál era el camino que debía recorrer la atribución judicial sin cabildo?