INVESTIGADORES
GONZÁLEZ ALVO Luis Gabriel
congresos y reuniones científicas
Título:
Entre el código y la tradición. Notas para una historia comparada de las cárceles provinciales (Córdoba, Santa Fe y Tucumán 1880-1920)
Autor/es:
LUIS GABRIEL GONZÁLEZ ALVO
Lugar:
San Miguel de Tucumán
Reunión:
Jornada; XXVI Jornadas de Historia del Derecho Argentino; 2016
Institución organizadora:
Instituto de Investigaciones de Historia del Derecho
Resumen:
En el ámbito penal -y especialmente en lo referente al empleo de la privación de la libertad como pena- la transición de una cultura jurídica tradicional hacia una estatal fue operándose lentamente a partir de la sanción de la constitución nacional en 1853, del código penal en 1886 y de la construcción de los primeros edificios penitenciarios. No obstante, tanto las nuevas normativas como las nuevas cárceles se toparon inicialmente con la notable persistencia de las tradiciones punitivas locales. Los primeros pasos de la reforma penitenciaria argentina, que da comienzo a la historia de las cárceles provinciales, fueron dados en un mundo punitivo transicional. Aún cuando las provincias se vieron obligadas a ajustar sus constituciones y reglamentos de justicia a los nuevos marcos jurídicos, los reglamentos posteriores a la constitución continuaron mostrando la existencia de un panorama punitivo casi completamente ajeno al ?horizonte penitenciario?.De esta manera, entendiendo al período analizado como un momento de transición entre una cultura jurídica tradicional y una cultura de predominio estatal, el objetivo del presente trabajo será analizar, a través de las tensiones existentes entre las formas punitivas tradicionales y lo estipulado por la codificación, cuál fue el papel cumplido por las primeras cárceles provinciales en la construcción del nuevo orden estatal. En la primera parte estudiaremos el lugar que tuvo la reforma penitenciaria en las constituciones nacional y de las provincias (tomando como ejemplos los casos de Córdoba, Tucumán y Santa Fe). Se analizará tanto la base cultural jurídica colonial como los aportes de la escuela ?clásica? en la transformación de la penalidad. Las fuentes principales serán la constitución nacional (1853) y las de las provincias señaladas y las tesis en jurisprudencia de las universidades de Buenos Aires y de Córdoba, donde se fundamenta el ?derecho a castigar? y el monopolio estatal de la violencia en el texto constitucional. En la segunda parte se abordarán los conflictos entre ?tradición y modernización? del castigo mediante el análisis de los procesos de codificación, su relación con los centros de formación de juristas y la praxis cotidiana en las primeras penitenciarías del país. Este reemplazo de la penalidad tradicional por un castigo ?moderno y civilizado? se produjo de manera paulatina y accidentada, debido a la imposibilidad de aplicación efectiva del código penal. Las fuentes principales serán el proyecto de código penal de Tejedor, el código penal cordobés, el código penal de 1886, el proyecto de reforma penal de 1906 y los códigos de procedimientos federal y provinciales. Respecto a los centros de formación de juristas, se considerará la Universidad de Buenos Aires, la Universidad Nacional de Córdoba y la efímera Academia de Jurisprudencia de Tucumán. Por último se analizarán los manuales de derecho penal, las tesis sobre sistemas penitenciarios y los informes anuales de las primeras cárceles provinciales de Córdoba, Santa Fe y Tucumán.