INVESTIGADORES
GONZÁLEZ ALVO Luis Gabriel
capítulos de libros
Título:
Entre tradición punitiva y reforma carcelaria. Cambios en los espacios de reclusión provinciales en las primeras décadas de orden constitucional en la Argentina (1853-1887)
Autor/es:
LUIS GABRIEL GONZÁLEZ ALVO
Libro:
Justiça criminal e questões sociais no sul global
Editorial:
Editora Max Limonad
Referencias:
Lugar: São Paulo; Año: 2022; p. 9 - 34
Resumen:
.A partir de 1853, la Argentina se dotó definitivamente de una Constitución, a pesar de la oposición de la provincia de Buenos Aires. El nuevo orden reincorporó a la agenda política la discusión sobre el estado de las cárceles y el papel fiscalizador del estado. Por su estructura federal, la Argentina experimentó la formación de múltiples estados: uno a nivel nacional y catorce estados provinciales. Durante dichos procesos de construcción estatal, resurgieron los viejos anhelos de construir edificios especialmente diseñados para funcionar como penitenciarías “modernas”, es decir, no sólo para seguridad, como dictaba la constitución, sino también para la “regeneración del reo”. La modernidad, en términos generales, se constituyó en el horizonte de la dirigencia política desde entonces y por décadas. Sin embargo, en lo que refiere a la modernidad punitiva, los primeros pasos de las reformas carcelarias provinciales no se vincularon con la construcción de nuevos edificios o con la introducción de nuevos conceptos o técnicas sino, más bien, con el rescate de ciertos aspectos “humanitarios” de la tradición jurídica preconstitucional y la supresión de los más degradantes. Así, el impulso constitucionalista contribuyó a revitalizar las viejas visitas de cárceles, emplear de forma más sistemática el indulto y abolir el derecho de carcelaje.3 También influyó en la refacción de las cárceles de los cabildos o su traslado fuera de los edificios capitulares. En este artículo se estudiarán los principales cambios en los espacios de reclusión provinciales en la etapa posterior a la sanción de la constitución, en un oscilante marco entre tradición punitiva y reforma carcelaria. Se toman los casos de las provincias de Córdoba, Santa Fe y Tucumán y el marco cronológico está delimitado por la sanción de la constitución nacional (1853) y se cierra en el año en que entra en vigor el primer código penal nacional (1887). El trabajo se divide en tres secciones. En la primera de ellas se estudia de qué manera la reafirmación constitucional de los principios de sanidad y seguridad contribuyó a agudizar las críticas hacia los espacios de reclusión existentes. Parte importante de los sectores dirigentes consideraron que el mal estado provenía de la falta de control de los agentes del gobierno y de las administraciones judiciales. Para mejorar las críticas condiciones de las cárceles se echó mano de instituciones de antiguo régimen como la visita de cárceles y el indulto. Aquellas instituciones de clemencia fueron de gran importancia para la cultura jurídica tradicional, tanto por sus efectos prácticos como simbólicos (Levaggi, 1976). La visita retroalimentaba la economía de la gracia, la estrategia dual de castigar de manera ejemplificadora pero excepcional y perdonar con benevolencia continuamente (Hespanha, 1993: 151-176). En la segunda sección se aborda lo que hemos denominado “políticas transicionales”, un conjunto de acciones gubernamentales tendientes a implantar los principios de la reforma penitenciaria en las provincias: creación de escuelas de cárceles, elaboración de proyectos de construcción de penitenciarías interprovinciales y la expansión estatal al interior de las provincias mediante la construcción de comisarías y cárceles de campaña. Finalmente, en la tercera y última sección se abordan las condiciones de detención de mujeres y menores, también entre oscilantes marcos de tradición y reforma, entre miradas moralistas y un enjuto pragmatismo estatal.