INVESTIGADORES
CAPALDO griselda Delia
artículos
Título:
Recolección de residuos sólidos urbanos en la Ciudad de Buenos Aires. Algunas reflexiones sobre el Pliego de Bases y Condiciones del llamado a licitación pública 06/2003
Autor/es:
CAPALDO, GRISELDA DELIA
Revista:
elDial.com
Editorial:
ed. Albremática
Referencias:
Lugar: Buenos Aires; Año: 2004 vol. VI p. 1 - 38
Resumen:
El presente trabajo tiene por finalidad el detenerse en el análisis de los aspectos más sobresalientes del Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares que rigió el reciente llamado a Licitación Pública Nacional e Internacional N° 06/2003 para Contratar la Prestación del Servicio Público de Higiene Urbana para Cinco Zonas de la Ciudad de Buenos Aires.   Desde 1977 la higiene de la ciudad quedó regulada por las Ordenanzas N° 33.581/77 - modificada por la 51278 y la Ley 992 - (sobre cuidado del aseo y limpieza de la ciudad), la N° 34.523/78 (acerca de la descarga de los residuos procedentes de la recolección domiciliaria), la N° 37.044/81 (sobre higiene y mantenimiento de terrenos baldíos y casas abandonadas), la N° 38.188 (sobre residuos excluidos de la recolección domiciliaria), y la N° 41.653/87 (sobre retiro de escombros). Por su importancia material, no puede dejar de mencionarse la Ordenanza 33.691, que ratifica el convenio celebrado entre la entonces Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires y la Provincia homónima para la creación del Cinturón Ecológico Área Metropolitana Sociedad de Estado - CEAMSE.   Desde 1998 el servicio de higiene urbano fue prestado según las normas dimanantes del Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública N° 14/97, aprobada por Ordenanza N° 51.453, que dividió a la ciudad en cinco zonas, cuatro de las cuales fueron servidas por concesionarios diferentes y una quinta quedó a cargo del gobierno local como zona testigo. El Pliego actual las divide en seis, de las que  se licitan cinco, pues la sexta – que corresponde a la quinta zona – queda a cargo del Ente de Higiene Urbana del GCBA.   Por supuesto, a ese marco legal básico deben sumarse todas las normas locales, nacionales e internacionales que, en tanto derecho sustantivo vigente y vinculante, regulan la relación entre el hombre y el ambiente. Entre ellas mencionaré, a título ejemplificativo y sin olvidar las normas pertinentes de la Constitución Nacional y de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ordenanza 39.025 que aprobó el Código de Prevención de la Contaminación Ambiental, las leyes del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires – GCBA – N° 71, que aprueba el Plan Urbano Ambiental y fuera modificada por la ley 742, la N° 123 sobre Impacto Ambiental, la N° 154 sobre Residuos Patogénicos y la N° 452 que regula el EIA; las leyes nacionales 24.051 (Residuos Peligrosos), 25.612 (sobre Gestión Integral de Residuos Industriales), 25.675 (Ley General del Ambiente), y 25.831 (Libre Acceso a la Información Pública Ambiental), y el Convenio de Basilea sobre Control de los Movimientos Transfronterizos, aprobado por ley 23.922, por solo mencionar algunas de las más relevantes.   El Pliego aquí comentado y analizado, además de precisar cuál es el objeto de la contratación y cuál la documentación contractual y su orden de prelación, trae algunas precisiones en materia terminológica y de los principios rectores de la higiene urbana; señala cuáles son los requisitos para ser oferente y las obligaciones del contratista en la ejecución del contrato y de cómo éste habrá de extinguirse; diseña un régimen de faltas y penalidades; aborda el tema de los Programas de Relaciones con la Comunidad; indica cuál debe ser el contenido del Plan de Trabajo a presentar por los oferentes; trae normas sobre el precio y la forma de pago y otras sobre modificaciones en el volumen o peso de las cargas. De los Anexos, probablemente los más interesantes sean el VIII, íntegramente dedicado al Servicio de Recolección de Residuos Sólidos, el IX sobre Técnicas Referidas al Barrido y Limpieza de Calles, y el XII sobre Frecuencias Mínimas de los turnos de recolección.   Finalmente, desde el punto de vista de la metodología de exposición, cada tema a tratar comenzará con una sintética descripción de su contenido según el Pliego para concluir con una serie de reflexiones presentadas a modo de comentarios.   Los temas abordados son:   I.- Objeto de la contratación II. Documentación contractual y orden de prelación III.- Principios Rectores de la Higiene Urbana IV.-  Programas de Relaciones con la Comunidad V.- Requisitos para ser oferente VI.- Sistema de penalidades. Faltas graves y faltas leves VII.- Plan de trabajo VIII.- Precio y forma de pago IX.- Causales de extinción del contrato X.- Modificación del volumen o peso de las cargas XI.- Clasificación de los RSU en origen XII.- Los Anexos al Pliego XIII.- Anexo VII - Condiciones Generales de los Servicios XIV.- Anexo VIII - Servicio de Recolección de Residuos Sólidos XV.- Especificaciones técnicas referidas al barrido y limpieza de calles XVI.- Frecuencias mínimas de turnos XVII.- Documentación informativa