BECAS
ROSAS VILLARRUBIA ingrid yanina
congresos y reuniones científicas
Título:
La contratación electrónica y la protección de los derechos del consumidor en la legislación argentina
Autor/es:
INGRID ROSAS VILLARRUBIA
Lugar:
Resistencia
Reunión:
Jornada; XXI Reunión de Comunicaciones Científicas y Tecnológicas. Universidad Nacional del Nordeste; 2017
Institución organizadora:
UNNE
Resumen:
En el contexto global actual se ha producido un incremento en las transacciones en forma electrónica, la misma se conoce como comercio electrónico internacional, este incremento de carácter global no solo se produjo en el ámbito de la plataforma de los usuarios, sino además en las plataformas de los sitios comerciales. En conformidad con el índice E-READLINESS del 2014, Argentina se encuentra en el cuarto puesto en mercado de comercio internacional posicionándose con un desarrollo del 50.9 % en contraste con Brasil que está en el primer puesto con un desarrollo de 67.9%. El principal instrumento canalizador del comercio electrónico es el contrato electrónico, frente a ambas cuestiones se da una inexistencia normativa unificada y completa dentro del ámbito tanto nacional como internacional. Es esencial tener presente esta nueva modalidad en el ámbito comercial, su importancia en cuanto al uso radica en la facilidad y simultaneidad de las transacciones otorgando mayor fluidez al comercio en un lapso temporal menor.A nivel nacional, la reforma del Código Civil Argentino con la posterior unificación incorpora algunas disposiciones en materia de contratación electrónica, bajo el título de modalidades especiales en referencia a los contratos de consumo (art 1104, 1116 del CCy C) y la ley 24.240 en su art 33 tiene una referencia en materia de venta electrónica con el título de venta por correspondencia y otras, dejando de lado algunas regulaciones específicas y necesarias como por ejemplo la forma de hacer efectiva la ejecución en caso de incumplimiento respecto de esta modalidad de contrato. A su vez tenemos la regulación de la firma digital por ley 25.506 donde se da la conceptualización y se otorga y reconoce validez jurídica a los actos celebrados, siempre que no tengan la característica de ser personalísimos o que requieran formalidades específicas.Trabajaremos sobre la hipótesis de que la legislación argentina actual resulta insuficiente para proteger los derechos del consumidor en los contratos electrónicos.Los materiales para el presente trabajo de investigación, es el empleo y el estudio de las fuentes del derecho. Fuentes formales, la ley y los usos y costumbres. Fuentes materiales: la jurisprudencia y la doctrina. Tipo de investigación cualitativa, interdisciplinaria, compleja de nivel exploratorio, trabajando sobre normativa nacional vigente, código civil, ley de defensa del consumidor 24.240, ley de firma digital 25.506, a su vez se procederá a explorar la normativa vigente en materia regional e internacional, analizando las posturas doctrinarias vigentes en materia de contratación, a los efectos de caracterizar la contratación electrónica en relación al consumidor y el marco de garantías que deben proteger esta relación de consumo.La importancia del estudio de esta área disciplinar y la del establecimiento de parámetros centrales, en cuanto a principios rectores en materia de contratación electrónica comercial, se basa en brindar una posible solución, que permita influir en la legislación y en el régimen de contratación electrónica, mediante el estudio de los principales problemas que enfrenta esta modalidad. Por ende, existe una necesidad de regulación específica en materia de contratación electrónica para la protección a consumidores, a los efectos de brindar una herramienta jurídica que los ampare frente a diversas situaciones, en los cuales el marco regulatorio es precario o inexistente, vgr., incumplimiento. Además será necesario trabajar respecto a individualizar que pautas legales existentes en materia de contratación electrónica regirán, si las mismas se supeditaran a una regulación nacional o regulación internacional por adhesión a convenios internacionales; como también evidenciar los aspectos positivos de la aplicación de normativa específica en comparación con la aplicación normativa existente por aplicación analógica; en materia de jurisdicción si es necesario una jurisdicción especial ( por creación de nuevos tribunales) o jurisdicción existente y/o posibilidad de recurrir al ámbito del arbitraje; la necesidad de establecimiento de una legislación armónica compatible con principios de orden internacional en materia de comercio y contratación electrónica para no obstaculizar y favorecer la solidificación en los procesos de integración de nuestro país en el orden regional (MERCOSUR) como internacional, finalmente buscar los medios adecuado a los efectos de procurar la eliminación de los obstáculos en materia de contratación electrónica internacional comercial, que afecta al comercio internacional.