CIECS   20730
CENTRO DE INVESTIGACIONES Y ESTUDIOS SOBRE CULTURA Y SOCIEDAD
Unidad Ejecutora - UE
congresos y reuniones científicas
Título:
La ley penal desde un enfoque socio-semiótico
Autor/es:
WECKESSER, CINTIA
Lugar:
Buenos Aires
Reunión:
Congreso; I Congreso Latinoamericano y XI Nacional de Sociología Jurídica; 2010
Institución organizadora:
Sociedad Argentina de Sociología Jurídica
Resumen:
Estudiar la relación ley penal- sociedad demanda un abordaje superador de los enfoques antagónicos formalista y materialista del derecho. Nuestra perspectiva pragmática de la semiótica representa la posibilidad de articular críticamente ambas visiones a partir del estudio de los procesos de producción de sentidos, es decir, las características de los discursos producidos; y su relación con sus condiciones objetivas de producción. Esto implica reconstruir las redes de posiciones, trayectorias y relaciones entre agentes que producen los diferentes discursos, y entenderlos a estos en tanto estrategias que constituyen tomas de posición en un marco en el que algo está en juego. Partiendo de esto, nuestro abordaje de la transformación del sistema de enjuiciamiento penal de la provincia de Córdoba con la Ley 9182 de juicio por jurados (año 2004) pone en relación las distintas representaciones sobre la justicia y el juicio de jurados que se debatían en la discusión legislativa del proyecto; con los agentes sociales que las producen y sostienen, para reconocer los factores que posibiliten explicar las posiciones adoptadas por ellos. Dichas estrategias podrían comprenderse/ explicarse a partir de: la construcción que hace del problema la prensa y otras representaciones de la justicia y el juicio por jurados en circulación susceptibles de incidir en los representantes del poder, el estado de las relaciones de poder político en la provincia, y el peso de las discusiones en el marco de la academia y asociaciones profesionales. Entendemos entonces que la ley penal no podrá explicarse exclusivamente a partir del estudio de una suerte de esfera “autónoma” del derecho, ni tampoco como si se tratara de un mero instrumento al servicio de los intereses de los dominantes.