ISES   20394
INSTITUTO SUPERIOR DE ESTUDIOS SOCIALES
Unidad Ejecutora - UE
congresos y reuniones científicas
Título:
“Las dos caras de la fiscalidad: Estado y Contribuyentes en la segunda mitad del siglo XIX”
Autor/es:
HERRERA, CLAUDIA ELINA; PAROLO, MARÍA PAULA
Lugar:
Mendoza
Reunión:
Jornada; Iº Jornadas Interdisciplinarias de Investigaciones regionales. Mendoza; 2009
Institución organizadora:
INCIHUSA - CONICET
Resumen:
En la segunda mitad del siglo XIX se inauguraba en Argentina una nueva estructura jurídica-institucional y con ella la reformulación del sistema impositivo. La Constitución de 1853 suprimió las aduanas interiores que constituían el principal recurso de los Estados provinciales por lo que se debieron elaborar una serie de mecanismos para generar nuevos ingresos. La pérdida de las rentas de las aduanas interiores y la necesidad de recursos promovieron la creación de nuevas fuentes fiscales que en Tucumán se tradujo en la desaparición de algunos tributos de la época colonial (diezmo), la reformulación de otros (las patentes) y la incorporación de nuevos (contribución directa). En definitiva, en el nuevo ordenamiento fiscal resultante tras la organización constitucional del país, las aduanas externas (principalmente la de Buenos Aires) pasaron a constituir la base financiera del gobierno federal y las provincias vieron reconocidos sus derechos a recaudar principalmente contribuciones directas. De esta forma, según Alberdi, quedó ideada una estructura fiscal que reservaba las llamadas contribuciones indirectas al Estado Nacional (aduana, correos), delegando las contribuciones del tipo directa a las provincias. Las primeras se caracterizaban por ser aquellas que “exige –al contribuyente- una suma por ciertos consumos que hace con su renta, sin inquirir su nombre o mencionar su persona”, mientras que las segundas pedían “directamente al contribuyente una parte de su renta”