BECAS
GOÑI Juan Cruz
capítulos de libros
Título:
¿Qué rol le cabe a las víctimas en los nuevos procesos penales? Reflexiones criminológicas y jurídicas sobre el estatuto de la(s) víctima(s) en el nuevo Código Procesal Penal de Río Negro
Autor/es:
JUAN CRUZ GOÑI
Libro:
Código Procesal Penal de Río Negro
Editorial:
Hammurabi
Referencias:
Lugar: Buenos Aires; Año: 2017; p. 84 - 96
Resumen:
El nuevo código procesal rionegrino, haciéndose eco de las reformas de los sistemasprocesales de América Latina, rompe con el monopolio estatal de la acción penal y reconoce alas víctimas un rol activo en el proceso penal tanto desde el punto de vista individual como desdeel punto de vista colectivo, un derecho que había sido históricamente expropiado a las víctimasdesde el surgimiento mismo del sistema penal.En las líneas que siguen intento indagar las razones que explican la transformación delestatuto de las víctimas en los nuevos modelos procesales y de la política criminal en general. Miargumento es que, en nuestro país, el nuevo protagonismo de las víctimas en la escena judicialargentina se encuentra inescindiblemente ligado a la trayectoria histórica del movimiento dederechos humanos luego de finalizada la última dictadura militar (1976-1983), movimiento que,al combinar praxis sociopolítica con activismo judicial, consiguió modificar la significaciónsocial de las víctimas al tiempo que transformó los modos tradicionales de administración dejusticia penal de nuestros tiempos. Dichas transformaciones inspiraron a otros movimientossociales nucleados a partir de la protección y la defensa de las víctimas y que se valen deldiscurso de derechos humanos para llevar adelante nuevas luchas por la justicia, apelando alpotencial simbólico de los derechos humanos.Asimismo, en este artículo se presentan algunas reflexiones criminológicas y jurídicasrespecto de cuál es el estatuto de las víctimas en el nuevo diseño procesal y cuáles son los límitesque el nuevo modelo impone a la intervención de la víctima en la tramitación judicial de losconflictos. Visto desde el punto de vista de las víctimas, el código reconoce un conjunto dederechos que les atribuye a los damnificados un rol protagónico en los nuevos procesos penales,pero no modifica el funcionamiento estructural del sistema penal, el que sigue rigiéndose por ladisposición estatal de la acción penal. Desde una dimensión colectiva, el nuevo código procesalhabilita la participación de entes públicos y de instituciones con interés legítimo en el caso. Sinembargo, muchos aspectos no han sido regulados de forma clara por lo que persisten algunasincógnitas respecto de cuál es el alcance de la disposición que habilita la querella institucional enel nuevo diseño procesal.