INVESTIGADORES
AMADORI Arrigo
congresos y reuniones científicas
Título:
La comunicación política de las ciudades y la producción normativa para el Río de la Plata, 1580-1641
Autor/es:
AMADORI, ARRIGO
Lugar:
Buenos Aires
Reunión:
Simposio; Aportes sobre la matriz colonial del poder en perspectiva multidisciplinaria: los Andes coloniales (Charcas y gobernación de Tucumán) y Río de la Plata entre los siglos XVI y XIX; 2021
Institución organizadora:
Programa de Historia de América Latina, Instituto Ravignani
Resumen:
Este trabajo constituye un recorte inicial de una línea de investigación que busca comprender el proceso de producción de normativas para la provincia del Río de la Plata por parte de la Corona y la alta administración americana de la corte de la Monarquía Hispánica, entre los años 1580 y 1663, a partir del estudio de las relaciones transatlánticas generadas por los distintos agentes, comprendiendo tanto a los miembros de la administración real como a las corporaciones republicanas e incluso a los particulares. Se trata de una perspectiva de análisis que procura recuperar y problematizar la imbricación que se advierte entre la actividad legislativa real para una provincia americana del imperio y el proteico fenómeno que podríamos denominar comunicación política atlántica, sostenido por un conjunto de agentes locales o regionales integrado por gobernadores, oficiales reales, obispos, superiores de las órdenes religiosas, visitadores, comisionados, cabildos y particulares de distinta condición. Aunque el resultado del diálogo de dichos agentes no siempre se plasmó en un resultado normativo ajustado al contenido de la comunicación, puesto que se trató de un proceso sobredeterminado, mayormente reacio a dejarse aprehender a partir de cadenas de causa y efecto, conviene tener presente la centralidad que tuvieron dichas interacciones para comprender la arquitectura del proceso de equipamiento político de un espacio periférico del Virreinato del Perú y las dinámicas de su gobierno. Una centralidad derivada de algunas condiciones de la administración colonial, como su carácter descentrado, las enormes distancias -de diversa naturaleza- que separaban a sus espacios de poder, su naturaleza jurisdiccional, y por lo tanto reactiva, y su consecuente participación en una concepción casuística del Derecho.