INVESTIGADORES
RADOVICH Violeta Soledad
libros
Título:
Implicancias ambientales de la exploración y la explotación hidrocarburífera en el mar con especial referencia al régimen de la República Argentina y del MERCOSUR
Autor/es:
VIOLETA RADOVICH
Editorial:
Facultad de Derecho, Universidad de Buenos Aires
Referencias:
Año: 2019 p. 413
ISSN:
978-950-897-596-6
Resumen:
El trabajo analiza la regulación ambiental de la exploración y la explotación de hidrocarburos en el mar, tanto a nivel internacional, regional como nacional. Se indaga en la regulación en base al concepto de integración normativa, es decir se estudian los aportes del Derecho Marítimo, Derecho del Mar, Derecho Ambiental y Derecho Internacional de los Derechos Humanos. Asimismo, se relevan aspectos técnicos de las plataformas marinas y las recomendaciones y las conclusiones que formularon las Comisiones Nacionales de Investigación que estudiaron los siniestros ocurridos en las plataformas Montara y Deepwater Horizon. Del mismo modo, se analizan aspectos de los proyectos de convenciones internacionales sobre la temática que no han entrado en vigor y de convenciones internacionales marítimas y ambientales que contienen disposiciones aplicables a las plataformas marinas. La hipótesis propone que la regulación ambiental, tanto preventiva como de recomposición del daño ambiental concerniente a la exploración y la explotación de hidrocarburos en el mar en la República Argentina y en la dimensión convencional del MERCOSUR, recepta parcialmente el derecho constitucional a gozar de un ambiente sano y los postulados de los principios de precaución y de responsabilidad. Las conclusiones confirman la hipótesis, ya que indican que el capítulo ambiental de la exploración y explotación de hidrocarburos en el mar en la República Argentina, aún debe ser desarrollado a través de una ley de presupuestos mínimos sobre la actividad hidrocarburífera que incluya las particularidades de la exploración y explotación de hidrocarburos, tanto en tierra, como en el mar y shale. Las disposiciones que debería contener esta ley son los instrumentos normados en la LGA: la EIA y EAEs, el libre acceso a la información, la participación de los ciudadanos, el inventario de los pozos y las plataformas, el control y monitoreo permanente por parte de la autoridad ambiental. Estos instrumentos ya son obligatorios con base en la LGA, pero deberían desarrollarse en el instrumento específico que manda la cláusula ambiental en la CN, incluso el nuevo CCCN hace referencia a las leyes de presupuestos mínimos. En el caso de la dimensión convencional del MERCOSUR, también se ha confirmado la hipótesis ya que se han realizado ciertos avances sobre la regulación de la protección ambiental en general, aunque resta todo el camino por recorrer en la protección de los recursos acuáticos y marinos. La misión del MERCOSUR en el área de la protección de los recursos acuáticos y marinos sería de relevancia ya que el PNUMA no ha desarrollado en nuestra región el Programa sobre Mares Regionales, que sin embargo lleva adelante en casi todos los mares del resto del continente.