INVESTIGADORES
RADOVICH Violeta Soledad
congresos y reuniones científicas
Título:
Gestión integrada las áreas oceánicas en el caso de la exploración y explotación de hidrocarburos II Congreso Iberoamericano de gestión integrada de áreas litorales
Autor/es:
VIOLETA RADOVICH; CLARA MINAVERRY
Lugar:
Florianópolis
Reunión:
Congreso; II Congreso Iberoamericano de Gestión Integrada de Áreas Litorales (GIAL); 2016
Institución organizadora:
Universidad de Santa Catarina, Universidad de Cádiz
Resumen:
Introducción: La denominada exploración y explotación de hidrocarburos "offshore", que propongo denominar exploración y explotación "marina" desde el punto de vista ecosistémico, aumenta a nivel mundial. Luego de los accidentes de las plataforma BP en el Golfo de México y Montara en Australia que también afectó a Indonesia, se han reanudado los intentos de legislación de esta temática. Uno de los objetivos del presente trabajo consiste en analizar la regulación ambiental sobre la exploración y la explotación de hidrocarburos en el mar vigente a nivel internacional, a nivel regional europeo y del MERCOSUR y a nivel nacional en la República Argentina. El otro objetivo consiste en dar lineamientos sobre la gestión integrada oceánica de esta temática en la República Argentina y en el MERCOSUR.Metodología: Los métodos utilizados son el método de observación documental y los métodos analítico y comparativo ya que se utilizó la metodología del estudio de casos para abordar la regulación existente en otras partes del mundo que servirá para generar lineamientos sobre regulación normativa e instituciones en la República Argentina y en el MERCOSUR.Se llevó a cabo la fase exploratoria, descriptiva y analítica en las etapas que enuncio a continuación.Las etapas en orden cronológico, consistieron en estudiar en primer lugar las convenciones internacionales que intentaron regular específicamente la temática a partir de la década de 1970. En segundo lugar, se estudiaron las convenciones de derecho marítimo, de derecho del mar y de derecho ambiental aplicables a la temática y la posible sinergia entre ellas. En tercer lugar, se estudió el protocolo regional vigente en Europa, el único cuerpo normativo abocado en su totalidad a la regulación de la temática. En cuarto lugar, se analizó la legislación vigente en Brasil ya que es el país con más desarrollo legislativo e institucional, la existente en la República Argentina que se encuentra en estado embrionario y los convenios regionales que podrían ser aplicables a la materia.El análisis de la legislación se realizó con el prisma del marco teórico de los servicios ecosistémicos y la gestión integrada (Sánchez y Madriñán, 2012).Resultados y discusión:Los resultados esenciales dan cuenta de que no existe convención internacional que regule específicamente la temática, a pesar de los intentos que ha habido en este sentido. Dos accidentes, el primero ocurrido en 2009 en la plataforma perforadora Montara ubicada en la Zona Económica Exclusiva australiana que afectó la costa de Indonesia y el otro ocurrido en 2010, en la Plataforma Deepwater Horizon en el Golfo de México pusieron de relieve la necesidad de una regulación sostenible de la temática (Radovich, 2013). En 2012 el Comité Marítimo Internacional (CMI) constituyó un Sub-Grupo para el estudio y en 2013 la Organización Marítima Internacional (OMI) aceptó analizar el tema. La OMI llegó a la conclusión de que no hay necesidad del dictado de una convención internacional, sino que se deben adoptar acuerdos bilaterales y regionales.Sin embargo, los resultados demuestran que debería negociarse una convención internacional sobre el tema con el apoyo tanto de la OMI, como del Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) y la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN) con basamento en las disposiciones de la Convención de Naciones Unidas sobre Derecho del Mar (CONVEMAR) (McConnell, 1991). No obstante, se requiere una voluntad política importante para llegar a este objetivo, ya que las naciones más poderosas en cuanto a la exploración y explotación de hidrocarburos en el mar son las que se resisten (Balkin, 2014). Esta convención internacional ayudaría en el caso de las regiones donde no existe una regulación específica de la temática, debería cubrir los aspectos de la etapa preventiva-precautoria (la declaración de zonas protegidas marinas donde la actividad estará directamente prohibida, la evaluación ambiental estratégica, la participación pública, entre otros) como la etapa posterior a ocurrido el daño ambiental, la etapa de recomposición. La tendencia que se observa es que los primeros proyectos de convenciones que intentaron regular esta temática lo hicieron desde la perspectiva de la recomposición, los intentos posteriores se centran en el paradigma preventivo-precautorio.En cuanto a la participación pública, debe ser obligatoria antes de instalar una plataforma en el mar, se puede hacer referencia a la experiencia que se generó en torno al derrame de hidrocarburos del buque Exxon Valdez, ya que luego se constituyó el "Prince William Sound Regional Citizens Advisory Council" que promueve la operación ambientalmente segura de los buques y terminales y que podría ser aplicable al caso de las plataformas marinas.Conclusión:Los resultados alcanzados contribuirán a la gestión integrada de las áreas oceánicas en el MERCOSUR con respecto a la exploración y explotación hidrocarburífera, ya que se proponen lineamientos para avanzar hacia la gobernanza de este servicio ecosistémico que brinda el océano mediante la integración de legislación, y de políticas basadas en la cooperación y en la participación.Asimismo, el haber llegado al resultado que sostiene que ya contamos a nivel regional del MERCOSUR con ciertas regulaciones que serán de ayuda para esta gestión integrada, es otra contribución.Asimismo, otra contribución indica que el denominado "Protocolo offshore" europeo a la Convención de Barcelona que estudiamos puede usarse de referencia para la regulación ambiental del tema en el MERCOSUR.