INVESTIGADORES
CORMICK Claudio Javier
congresos y reuniones científicas
Título:
Sobre presuntos principios no-hipotéticos. Un comentario a partir de Meillassoux
Autor/es:
CLAUDIO CORMICK
Lugar:
Mar del Plata
Reunión:
Congreso; XIX Congreso Nacional de Filosofía; 2019
Institución organizadora:
Asociación Filosófica de la República Argentina (AFRA)
Resumen:
En Après lafinitude, considerado uno de los textos fundacionales del llamado ?realismoespeculativo?, Quentin Meillassoux declara haber probado lo que denomina?principio de irrazón?, principio según el cual la realidad se caracterizaríapor la necesidad de la contingencia;esto es, por la necesidad de que cualesquiera fenómenos ?e incluso las leyesque los rigen? puedan modificarse sin razón alguna. Meillassoux considera queel ?principio de irrazón? es susceptible de ser probado como una propiedadabsoluta de la realidad, y no solo como un aspecto de larealidad-para-nosotros, con lo cual lograría escapar del alcance del argumento?correlacionista? de acuerdo con el cual no es posible pronunciarnos sobre cómoes la realidad independientemente de nuestro conocimiento: de acuerdo conMeillassoux, el ?correlacionista? estaríaél mismo presuponiendo la aceptabilidad del principio de irrazón, sin elcual no podría establecer una posible diferencia entre el modo en que larealidad es absolutamente y cómo ella es para nosotros. Habiendo procedido aprobar el ?principio de irrazón?, el autor francés declara que el carácter?no-hipotético? de aquel es más fuerte que el del PNC en la prueba aristotélica,puesto que todo lo que Aristóteles habría probado es la imposibilidad de pensar contradicciones, pero no la deque la realidad sea contradictoria.Sobre la base de estas tesis de Meillassoux, nospropondremos, en primer lugar,argumentar que la distinción del autor entre la imposibilidad del pensamiento contradictorio y la de la realidad contradictoria es una peticiónde principio, puesto que, si efectivamente el pensamiento contradictorioresulta imposible, entonces no se podrá inteligiblemente llegar siquiera apresentar una potencial descripción de la realidad como contradictoria, y enconsecuencia el enunciado mismo ?La realidad es contradictoria?, lejos derequerir refutación, estaría reducido al rango de un sinsentido. En segundo lugar, señalaremos que esta primera debilidad enla argumentación de Meillassoux responde a un fallo más general en suargumentación: la ausencia de una consideración reflexiva acerca del carácterde actividad cognitiva humana quecaracteriza también a la práctica delrealista especulativo; en otras palabras, la clase de relativización a la queprocedería el ?correlacionista?, limitando el alcance de toda descripción a unavalidez-para-nosotros, no puede ser suprimida mediante el simple expediente deno formularse la pregunta acerca de las condiciones de enunciación del propiodiscurso.En tercer término, sin embargo, argumentaremos que laimposibilidad de ?escapar de nosotros mismos? sobre la cual insistiría eladversario ?correlacionista? no conduce en absoluto a los resultadosalarmantemente escépticos que Meillassoux declara encontrar, en particular enlo concerniente a la inteligibilidad de los denominados enunciados?ancestrales?.