INVESTIGADORES
CANEVARO Santiago
congresos y reuniones científicas
Título:
Afectos, negociaciones y desconfianzas en el proceso de regularización del servicio doméstico de Buenos Aires
Autor/es:
CANEVARO, SANTIAGO
Lugar:
Boston
Reunión:
Congreso; Latin American Studies Association; 2019
Institución organizadora:
LASA
Resumen:
En 2013 se sancionó la nueva ley N° 26.244 para trabajadoras de casas particulares. Dicha legislación constituye un avance significativo en materia de derechos para las trabajadoras domésticas de la Argentina. En tal sentido, la integración de un mayor número de trabajadoras en un sistema contributivo de protecciones sociales, a través de la reforma de la normativa y del programa de ?formalización?, tiene sin dudas un impacto significativo. En términos de mejoramiento de las condiciones de vida de una de las categorías más desfavorecidas; en relación con la extensión de las posibilidades de acceso a los derechos sociales; en términos de la instalación del tema en la escena pública.Con esta legislación, el estado argentino puso fin a más de medio siglo de discriminación institucionalizada en contra de un colectivo que reúne al 17% de las mujeres en la fuerza de trabajo remunerada en el país (Poblete, 2015): las trabajadoras del hogar. Hablamos de trabajadoras y no así de trabajadores dado que un 98,5% de las personas que se desempeñan en este sector son mujeres, tratándose así de una ocupación altamente feminizada. De este modo, el estado argentino equiparaba los derechos y obligaciones de las trabajadoras del hogar con el resto de los asalariados, promocionando así un cambio radical en el estatus legal de este colectivo.Lejos de pensar que la efectiva regularización del trabajo en casas particulares conlleva una automática aplicación (Hanney, 1996) así como un mejoramiento automático y unilineal en las condiciones laborales de las trabajadoras domésticas, en este trabajo nos centramos en la complejidad que supone la implementación de una legislación dentro de una esfera afectivizada como el hogar de los sectores medios. En tal sentido, este significativo avance no debe alejarnos la posibilidad de poder comprender cómo funcionan, en las actuales circunstancias, las políticas que buscando la formalización y racionalización de los vínculos laborales, se postulan como aquellas que tenderían a alejar a las trabajadoras domésticas de las relaciones personales para supuestamente colocarlas dentro de un mundo profesional ?moderno? e igualitario. Influenciados por las transformaciones de la última década , cada vez más son los empleadores los que tienden a definir las relaciones contractuales como las más justas para establecer con sus trabajadoras domésticas. De este modo, muchas empleadoras y empleadores, con buenas intenciones, consideran que, como cumplen debidamente con la legislación regulatoria (aunque en el caso del servicio doméstico sea muy precaria), están haciendo su parte para construir una sociedad mejor y más ?moderna?. De allí que cuando las trabajadoras domésticas no responden a las reglas del contrato, confinan su comportamiento a la tradición, falta de predisposición al trabajo o deshonestidad. Es importante reconocer que en cierta medida el código contractualista exime a los patrones de un compromiso con las diferencias sociales, porque éste retira la desigualdad y la justicia del campo de la moral. Como bien lo destaca Jurema Brites (2003) ?la igualdad, pasa a ser determinada por un contrato?. Aunque no es mi objetivo plantear una mirada romántica de formas de relación ?puesto que muchas veces el relacionamiento más personalizado viene acompañado de exigencias disparatadas y prerrogativas patronales exageradas- y, en muchos casos, existen innumerables y constantes abusos por parte de los empleadores, en el trabajo de campo encontré que muchas trabajadoras siguen prefiriendo este tipo de opción laboral a otras que aparece en el horizonte de posibilidades. En tal sentido, se muestran desconfiadas con respecto a los beneficios que puede otorgar el régimen contractual buscando otras posibilidades de negociación. Lo hallado en el trabajo de campo permite pensar en formatos ?híbridos?, siendo el contrato ?ideal? aquel en el cual, respetando sus derechos como trabajadoras, puedan ser reconocidas como seres humanos (Vidal, 2003). De esta manera, buscan empleadores con quienes puedan realizar ciertos arreglos y les garanticen ciertas ?ayudas?, favores y compensaciones que, aunque no consten en el contrato, se vuelven absolutamente esenciales en la vida cotidiana de estas trabajadoras. La doble condición del espacio que se busca regularizar (de intimidad para los empleadores y de trabajo para las trabajadoras domésticas) y la ?ambigüedad afectiva? que caracteriza el vínculo (Goldstein, 2003) constituyen aspectos que inciden en los modos de aplicación de la ley así como y, en términos más generales, sobre la percepción de lo justo en el marco de este empleo. En este sentido, las disputas por la definición de lo justo no se resuelven exclusivamente en el terreno de los derechos legalmente reconocidos a las partes de la relación laboral. La dimensión afectiva genera deberes y obligaciones que interpelan a trabajadoras y empleadores en tanto que sujetos morales.Basado en un trabajo de campo que incluyó más de doce entrevistas con trabajadoras domésticas y observaciones en la organización de trabajadoras domésticas entre los meses de agosto de 2012 y de julio de 2015, en este texto nos interesa reponer algunas de las paradojas y ambivalencias que supone la reglamentación de un trabajo que sucede en un espacio afectivo como el hogar iluminando las negociaciones y evaluaciones que realizan las trabajadoras domésticas cuando la dimensión legal interviene en sus relaciones laborales. Para ello nos interesa mostrar la manera como las personas combinan criterios y lógicas que podrían aparecer como ?esferas hostiles? (Zelizer, 2009) en un contexto como el de la sanción de una legislación laboral en las relaciones que se dan en el servicio doméstico de la ciudad de Buenos Aires.