INVESTIGADORES
OLIVERA Maria Eugenia
congresos y reuniones científicas
Título:
Cumplimiento de las Buenas Prácticas de Promoción de Medicamentos de Venta Bajo Receta
Autor/es:
UEMA SA; BESSONE L; OLIVERA ME
Lugar:
Santa Fe-Argentina
Reunión:
Congreso; VIII Congreso Argentino de Farmacia Hospitalaria; 2008
Resumen:
<!-- /* Font Definitions */ @font-face {font-family:"Arial Narrow"; panose-1:2 11 5 6 2 2 2 3 2 4; mso-font-charset:0; mso-generic-font-family:swiss; mso-font-pitch:variable; mso-font-signature:647 2048 0 0 159 0;} /* Style Definitions */ p.MsoNormal, li.MsoNormal, div.MsoNormal {mso-style-parent:""; margin:0cm; margin-bottom:.0001pt; mso-pagination:widow-orphan; font-size:12.0pt; font-family:"Times New Roman"; mso-fareast-font-family:"Times New Roman";} @page Section1 {size:595.3pt 841.9pt; margin:2.0cm 2.0cm 42.55pt 2.0cm; mso-header-margin:35.45pt; mso-footer-margin:35.45pt; mso-paper-source:0;} div.Section1 {page:Section1;} --> INTRODUCCIÓN La ley 16.463 prohíbe toda forma de anuncio al público de medicamentos "bajo receta". A través de la Res. 627/2007 del MSyA (vigente desde junio 2007) se aprobaron las ?Buenas Prácticas de Promoción de Medicamentos de Venta Bajo Receta?. En su art. 4º se establecen los requisitos mínimos que debe incluir la información promocional de medicamentos. Esta habrá de proporcionar la información técnico-científica necesaria para que los profesionales que prescriben o dispensan medicamentos (sus destinatarios) puedan conocer las propiedades terapéuticas del medicamento, no debiendo ser accesible al público en general (arts. 6º, 12º y 13º).   OBJETIVO Valorar el cumplimiento de las ?Buenas Prácticas de Promoción de Medicamentos de Venta Bajo Receta? en el material promocional impreso recibido y/o recolectado en un hospital público de la provincia de Córdoba.   MATERIAL Y MÉTODO Se analizó el material promocional impreso (folletos y publicaciones para profesionales) recibido en el Hospital Arturo Illia (Ciudad de Alta Gracia, Córdoba), período enero-junio 2008. Criterio de análisis: se verificó el cumplimiento de la Res. 627/2007 MSyA de acuerdo a 14 ítems, 12 correspondientes al art. 4º (requisitos mínimos de información), 1 al art. 10º (fecha de revisión) y 1 al art. 11º (legibilidad). La legibilidad se consideró según otras disposiciones de ANMAT. El cumplimiento de los ítems se calificó dicotómicamente: afirmativo o negativo. En el caso de material promocionando varios productos se cuantificó el cumplimiento de acuerdo a aquel que proporcionaba mayor información.   RESULTADOS Y DISCUSIÓN El total de materiales analizados  fue de 26, que incluyeron 107 productos pertenecientes a 13 laboratorios farmacéuticos. El mismo se receptó en el Servicio de Farmacia, pero también se recolectó en zonas con acceso directo al público, contraviniendo los artículos 6º, 12º y 13º. Sumando los ítems de los art. 4º, 10º y 11º, el cumplimiento de la normativa alcanzó sólo el 3,8% de los casos. Considerando solamente los requisitos mínimos de información, el cumplimiento asciende al 7,7% de los textos analizados. Los únicos ítems con cumplimiento del 100% fueron el nombre comercial y el del laboratorio productor; mientras que su dirección se incluyó en el 61,5% de los casos. El 69,2% de los textos fueron legibles (tipografía 6 o mayor); el 38,5% incluyeron información de sus prospectos, con contraindicaciones, efectos adversos y precauciones y advertencias. La condición de expendio se explicitó en el 30,8% del total y la composición cuali-cuantitativa, en el 15,4%. Globalmente, el promedio de ítems afirmativos fue del 61,5%. Es de destacar que la fotografía del producto y sus indicaciones, en un formato resaltado, estuvieron presentes en el 88,5% de los casos. Por otra parte, no existe un mecanismo ágil de denuncia por incumplimiento de la normativa, en contraposición con lo que ocurre con la publicidad de medicamentos de venta libre. La escasa información suministrada, sumada a la ilegibilidad, dificultaría a los profesionales de la salud informarse adecuadamente tanto para mejorar la prescripción y dispensación de medicamentos como para promover su uso racional.   CONCLUSIONES El cumplimiento de la Res 627/2007 MSyA es muy bajo poniendo de manifiesto que los mensajes de promoción están diseñados para exaltar los beneficios farmacológicos, mientras que los riesgos se minimizan u omiten. Sería conveniente tomar medidas institucionales para visualizar el incumplimiento de la normativa, ya que atenta contra la calidad de la información sobre medicamentos a la que accede el equipo de salud. La verificación de los aspectos analizados en este trabajo constituye un método rápido y simple para calificar la adhesión del material promocional impreso a las ?Buenas Prácticas de Promoción de Medicamentos de Venta Bajo Receta?.