INVESTIGADORES
SEDEILLAN Gisela
congresos y reuniones científicas
Título:
Mujeres y jueces ante delitos contra la propiedad. Departamento judicial del Sud de la provincia de Buenos Aires, 1915-1921?
Autor/es:
SEDEILLAN GISELA
Lugar:
Mar del Plata
Reunión:
Congreso; XIV Jornadas Nacionales de historia de las mujeres/ IX Congreso Iberoamericano de Estudios de Género.; 2019
Institución organizadora:
Universidad Nacional de Mar del Plata
Resumen:
En la Argentina, en las primeras décadas del siglo XX, en el ámbito académico y político emergieron críticas a la legislación penal, especialmente a la reforma penal de 1903, cuya letra establecía penas severas como solución al aumento de la criminalidad. En un contexto de influencia del positivismo criminológico se cuestionó la concepción objetiva del delito de la escuela penal clásica, se remarcó la necesidad de individualizar las penas y otorgar a los jueces mayores facultades para que puedan aplicarlas dentro de términos amplios. En el Congreso Nacional se presentaron proyectos de reforma del Código Penal y también en algunas provincias, como la de Buenos Aires, se discutió en la legislatura reformar la legislación procesal penal a fin de acelerar los procesos y fortalecer las garantías del acusado. En esta ponencia nos proponemos analizar cómo se administró justicia en la provincia de Buenos Aires en el marco de cuestionamientos a la legislación penal, por lo que detendremos la mirada en atentados a la propiedad en los que eran mujeres las imputadas. El objetivo es identificar si en plena discusión de reforma del Código Penal los jueces fueron reticentes en aplicar la figura de hurto con abuso de confianza. Por entonces, esta figura atravesaba fuertes críticas en el ámbito académico por la severidad de las penas que fijaba para castigar pequeños hurtos domésticos, razón por la que sería eliminada del Código Penal en 1921. El propósito principal del trabajo es conocer si los jueces en los años previos a dicha reforma fijaron algún límite al poder punitivo estatal brindando una interpretación más benigna de la ley. Nos proponemos mostrar a través del análisis de los fallos de la Cámara de Apelaciones del Departamento del Sud en particular, la escasa incidencia que tuvo la aplicación de esta figura en delitos contra la propiedad antes de que fuera suprimida. Atento a que la justicia funciona como un campo con diferentes actores y lógicas, la ponencia invita a explorar otros juzgados con el propósito de contribuir a dimensionar el impacto real que tuvo la nueva legislación en la administración de justicia.