INVESTIGADORES
VERA Paula
congresos y reuniones científicas
Título:
TIPOLOGÍAS Y REGULACIÓN DEL ESPACIO PÚBLICO Y/O ESPACIOS COMUNES EN PUERTO NORTE/UG2
Autor/es:
AÑAÑOS, CELINA; VERA, PAULA; ROLDÁN, DIEGO; PELAEZ, JUAN; CASADO, MARIANELA; GIRAUDO, AYELÉN; VENTRONI, NICOLÁS; BESSOLO, BELÉN; LÓPEZ KING, SOFÍA; CICOTTI, VIOLETA
Lugar:
Rosario
Reunión:
Jornada; Jornadas de Ciencia, Tecnología e Innovación 2021; 2021
Institución organizadora:
UNR
Resumen:
El desarrollo urbano de Puerto Norte se estableció mediante convenios público-privados en los que se establecieron las dimensiones y composición de la edificación privada y los espacios públicos a cargo de los desarrolladores. Estos últimos desafían las categorías corrientes entre el adentro/afuera, lo público/privado, lo legal/ilegal, al compás de las apropiaciones y las resignificaciones que distintos actores despliegan en sus prácticas de uso. A partir de esta realidad es válido plantear que se conforma un tipo de espacio público híbrido y poroso, redefinido a partir de lo que los distintos actores (usuarios y residentes) consideran legítimo e ilegítimo. De aquí se desprende la inquietud por despejar y comprender la base legal de estas relaciones.En este trabajo presentamos resultados preliminares de la exploración de las fuentes legales (normativa municipal y Código Civil y Comercial) que regulan los derechos, obligaciones y restricciones del uso público de Puerto Norte y el camino de Sirga. Delimitamos el análisis a las Unidades de Gestión 2.1 y 2.2, de Puerto Norte, conocidas comercialmente como Forum y Ciudad Ribera, actualmente finalizadas. Estas se componen de edificaciones privadas (residencias, oficinas, comercios, centro de convenciones y hotel) y el espacio público compuesto de plazas sobre la barranca; parques y ramblas peatonales, la extensión de la calle Gorriti (proveniente del barrio Refinería) y el camino de Sirga sobre la costa del Paraná. En base a la información analizada hay dos tipos de espacios públicos: el de superficie (parques, plazas, paseos, ramblas peatonales sobre la barranca del río Paraná), que en algunos casos se encuentran afectados a la ?Servidumbre Administrativa de uso Público? (que articula la titularidad como propiedad privada pero supeditado a la norma municipal general que rige sobre espacios públicos en cuanto a sus usos, aprovechamiento y equipamiento), y espacios públicos subterráneos o enterrados, área donde pueden funcionar distintos emprendimientos comerciales (gastronómicos, recreativos) y se debe respetar y garantizar el tránsito público. El camino de Sirga es un espacio privado pero debe permitir el acceso público bajo ciertas condiciones.Se trata de un análisis documental, como paso necesario para reconceptualizar la noción de espacio público en estos nuevos tipos de emprendimientos urbanos.