INVESTIGADORES
PEZZETTA Silvina
congresos y reuniones científicas
Título:
Personalidad legal para los animales no humanos
Autor/es:
SILVINA PEZZETTA
Lugar:
Buenos Aires
Reunión:
Otro; Charla sobre derecho para los animales; 2017
Institución organizadora:
Cátedra Derecho Animal, Derecho, UBA
Resumen:
Esta presentación tiene objetivos muy modestos y trata un tema que, en nuestro ámbito jurídico, genera discusiones y polémicas: la cuestión de personalidad legal para los animales no humanos. Por el carácter polémico del tema intentaré abordar la cuestión haciendo, en primer lugar, algunas precisiones que creo útiles sobre el uso de las palabras y los distintos significados de ellas - todos legítimos- en diferentes contextos. También, en esta primera parte, me referiré muy brevemente a la cuestión del concepto de derecho y sus relaciones con la moral, en particular respecto de la interpretación y el tipo de obligatoriedad que el derecho supone. Todo esto en referencia, por supuesto, a la cuestión de la personalidad para los animales no humanos. Adelanto que la finalidad será mostrar cómo la polémica queda posicionada en un terreno más claro una vez que esos temas han sido tratados y, por ello, es más sencillo discutir sobre si los animales no humanos deberían ser considerados personas en el sentido legal. En la segunda parte de la presentación me referiré brevemente a la razón más importante que subyace al rechazo de la personalidad legal para los demás animales: el especismo. Este término da cuenta de una forma de discriminación injustificada basada en la especie que, en virtud de las condiciones sociales y culturales que legitiman, permiten y alientan todo tipo de usos, abusos y explotación de los animales no humanos, suele ser opaca a nuestra reflexión. También trataré aquí la cuestión de las características necesarias para ser considerado persona, que están ligadas a concepciones metafísicas y morales de la personalidad, para introducir una categoría más amplia, la de ?subjetividad?. Esta categoría, argumentaré, es más apropiada tanto para los animales humanos como los no humanos. Además, puede ser pensada como el paralelo de la cuestión de la capacidad y cómo ésta impacta en el ámbito de los derechos. Por último, una vez descartada la discriminación por especie por su falta de justificación moral, me referiré a las implicaciones de considerar a los demás animales como personas en el sentido legal o, en otras palabras, como sujetos de derecho en relación con las estrategias de organizaciones nacionales e internacionales que eligen discutir este asunto en tribunales, su selección de determinados animales, y las posibilidades de introducir nuevas discusiones en torno a otras categorías que se relacionen con el lugar que ocupan los animales en nuestras sociedades, como sostiene Kymlicka.