INVESTIGADORES
BARBETTA Pablo Nicolas
congresos y reuniones científicas
Título:
Disputas por la significación del Bosque Nativo en la provincia de Chaco: daño, sustentabilidad y justicia ambiental.
Autor/es:
BARBETTA, PABLO
Lugar:
Santiago del Estero
Reunión:
Congreso; SEGUNDO CONGRESO INTERNACIONAL DEL GRAN CHACO AMERICANO: TERRITORIO E INNOVACIÓN; 2017
Institución organizadora:
INTA-UNSE
Resumen:
Alo largo de los últimos años lacuestión ambiental ha ido tomando un mayor peso en los planteos de lasorganizaciones campesinas e indígenas y las asambleas ciudadanas entre otrosactores, fundamentalmente debido a dos cuestiones: a) por un lado, los conflictosdesatados por los avances de las actividades extractivas en sus territorios,las cuales  impactan negativamente sobresus economías, deteriorando sus condiciones de existencia e imposibilitando deesa forma su desenvolvimiento; y b) por otro lado,  a partir de la articulación de lasorganizaciones campesinas e indígenas con el movimiento ambientalista, lasasambleas ciudadanas y organizaciones no gubernamentales ecologistas, en ladefensa del derecho a un ambiente sano, al acceso igualitario a los bienesnaturales comunes[1] y del  rechazo a las actividades contaminantes. En este contexto, el ascenso de lasluchas anti mineras, protagonizadas por las poblaciones urbanas y ruralescordilleranas (la Unión de Asambleas Ciudadanas es un emergente de este proceso),las  denuncias y campañas sobre losefectos de la aplicación masiva de diversos agrotóxicos y de los impactos deldesmonte en áreas geográficas extensas, la privatización de espacios públicosen las grandes ciudades (destrucción de plazas, costas, costaneras, reservasnaturales) entre otros conflictos, vienen despertando un interés académico ysocial creciente. Asimismo, en laactualidad se registra una ascendente preocupación por parte de los diferentespoderes estatales respecto a la degradación de los ecosistemas y susconsecuencias sobre las poblaciones. Un indicador a nivel nacional de estasituación es la inclusión en la Constitución Nacionalen 1994 (artículo 41 y 43) de una serie de garantías constitucionales en tornoa la protección del medio ambiente, conservación de los así denominados?recursos naturales? y la responsabilidad por el daño ambiental; estableciendoa su vez, las atribuciones generales para la gestión ambiental, dividiéndolasentre el gobierno federal y los provinciales. A su vez, en la última década,podemos encontrar toda una serie de leyes de carácter ambiental tendientes a lagobernanza tanto de los bienes naturales como de los efectos de las actividadeseconómico-extractivas  sobre éstosúltimos (Ley 25.675 ?General delAmbiente?,  Ley 26.331 de ?PresupuestosMínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos?, Ley 26.639 de?Presupuestos Mínimos para la Preservación de los Glaciares y del AmbientePeriglacial?,  Ley 25.612 de ?Gestión integral de residuosindustriales y de actividades de servicios?, entre otras),  y de leyes o actuaciones judiciales de carácter municipal o provincial,prohibiendo o regulando, por ejemplo, las fumigaciones con agroquímicos. En este contexto,a fines del año 2007 se sancionó la ley 26.331 de ?Presupuestos Mínimos deProtección Ambiental de los Bosques Nativos?, entre cuyos objetivos seencuentra promover la conservación mediante el Ordenamiento Territorial de losBosques Nativos (OTBN) y la regulación de la expansión de la frontera agropecuariay de cualquier otro cambio de uso del suelo. En la provincia de Chaco, tressituaciones marcan la relevancia de la problemática del uso y conservación delbosque nativo. Por un lado, la construcción socio ?histórica de la provinciaestuvo y aún sigue ligada con la existencia del bosque (Cuadra, 2012).Por el otro, la provincia fue una delas primeras en reglamentar dicha ley a partir de la sanción de la ley 6.409/09(luego modificada en 2013 a partir de la ley Nº7.238) y es una de las pocasprovincias (al igual que Formosa) que tiene una legislación provincial anteriora dichas leyes tendientes a la regulación en el uso de los bosques (la Leyprovincial de Bosques Nº 2386/79). Por último, a partir de la modificación dela legislación en 2003 con la sanción de la ley Nro. 5285/03, se generó un activismo social y político en relación con laprotección de los bosques no sólo llevada adelante por organizacionescampesinas e indígenas sino también por diversos actores ambientalistas. Enefecto, en diciembre de 2005, la Asociación Comunitaria de Nueva Pompeya,Asociación Comunitaria de Comandancia Frías y Asociación Comunitaria NuevaPoblación presentaban un amparo contra la Provincia del Chaco y/o Subsecretariade Recursos Naturales Medio Ambiente de la Provincia del Chaco y el Institutode Colonización demandando la inconstitucionalidad de la Ley Nro. 5285/03 y susdecretos reglamentarios, que reformaba la Ley de Bosques Nro. 2386. En estetrabajo me centraré en este litigio, partiendo de la idea que éstospueden ser considerados como zonas de contacto, es decir, ?zonas en las que ideas, conocimientos, formasde poder, universos simbólicos y agencias normativas rivales se encuentran encondiciones desiguales y mutuamente se resisten, rechazan, asimilan, imitan ysubvierten? (Santos, 2009: 506).En este contexto, el objetivo de este trabajoes analizar y comprender el rol del poder judicial en un litigio de carácterambiental donde se ponen en juego diferentes las formas devaloración, uso, manejo y apropiación del bosque nativo. El trabajo estádividido en cinco apartados. En el primero de ellos, se presentan algunospuntos de partida tanto a nivel teórico como empíricos. En el segundo, darécuenta del origen del litigio. En el tercero, analizaré la sentencia y ladinámica del proceso judicial mientras que en el cuarto me centraré en las disputas por las formas devaloración, uso, manejo y apropiación del bosque nativo. El último apartadoestará destinado a las reflexiones finales. [1] '(?) la confrontación con la racionalidadeconómica productivista ha implicado en la experiencia de los movimientossociales la crítica al concepto de ?recursos naturales? y la nominación de losmismos como ?bienes comunes (?)? ' (Seoane, 2006: 93).