INVESTIGADORES
MARCIONNI Nelson Daniel
artículos
Título:
Estado de necesidad nuclear y política nuclear argentina. Particular
Autor/es:
MARCIONNI NELSON DANIEL
Revista:
Serie Documentos de Trabajo -DdT Serie Materiales de Cátedra.
Editorial:
UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CORDOBA
Referencias:
Lugar: CIUDAD DE CÓRDOBA; Año: 2004 p. 25 - 38
Resumen:
La contribución representa una instancia conceptual previa a la discusión puntual del Acuerdo de Cooperación Nuclear con Australia y,  aunque íntimamente vinculada, independiente de ella. La visión del problema ha tratado de ser esencialmente jurídica, y toma como referencia el concepto de estado de necesidad nuclear. Esta categoría que supone un criterio restrictivo de autorización, bajo regulación, control y supervisión internacionales, de los emprendimientos destinados a la producción de energía nuclear con fines pacíficos cuyo desarrollo se justifique por consideraciones de necesidad extrema, falta de fuentes alternativas para la satisfacción de dicha necesidad y, además, bajo condiciones extremadamente rigurosas de responsabilidad, constitutivas de un sistema tuitivo de derechos fundamentales de la Comunidad Internacional en su conjunto, que se privilegie por sobre consideraciones de orden estrictamente económico; sirve para tomar en consideración en el trabajo dos grupos  normativos: a)- El de los principios y estándares aceptados en el orden del Derecho Nuclear, como rama autónoma del Derecho Internacional Público relativo a la protección internacional del medio ambiente; b)- El de las normas y principios que rigen en materia de Derecho Internacional Público en vinculación con la responsabilidad internacional del Estado derivada de las consecuencias de actos no prohibidos por el Derecho Internacional.       Sigue luego una contrastación con los elementos disponibles en la legislación actual de la República Argentina y se proveen elementos objetivos que demuestran las carencias o insuficiencias de las disposiciones nacionales (v.g.: se toman referencias cuantitativas desde la aprobación de la Ley N° 24.804 relativa a la Actividad Nuclear en 1997; y cualitativas, respecto a las decisiones de los órganos nacionales de aplicación).       El marco así estructurado sirve de antecedente a la crítica del texto del convenio de cooperación nuclear citado.