INVESTIGADORES
QUARLERI Lia Renata
congresos y reuniones científicas
Título:
Los complejos senderos de la justicia en los casos de violencia homicida contra mujeres indígenas (Pueblos guaraníes, 1770-1800)
Autor/es:
QUARLERI, LIA RENATA
Reunión:
Congreso; XV Jornadas Nacionales de Historia de las Mujeres y X Congreso Iberoamericano de Estudios de Género; 2023
Resumen:
El presente trabajoparte del complejo estudio de expedientes judiciales sobre homicidios a mujeresindígenas en las misiones guaraníes, en las décadas posteriores a la expulsiónde los jesuitas. Mujeres que perdieron sus vidas, dentro de sus pueblos, sin testigos,por la acción premeditada de esposos o allegados que confesaron en diversasinstancias judiciales los delitos cometidos y legitimaron las causas detrás delos mismos, impulsados en algunos casos por las lógicas de los interrogatoriosy por las intermediaciones de sus defensores, tanto en los mismos pueblos, comoen los tribunales coloniales de la ciudad de Buenos Aires, a los que fuerontrasladados para ser juzgados. En el marco de las diferentes confesiones,narraron los sucesos, desde su óptica, entramados culturales, intereses yestrategias, en donde apelaron en algunos casos a la fragilidad de su memoria,y describieron los mismos a través de lo que podría interpretarse como eldespliegue de venganza, ira y amedrentamiento contra respuestas, resistencias yreacciones de las mujeres violentadas. Los que, siguiendo sus propiasexpresiones, devinieron en crímenes ejecutados, con alevosía, que abrieronsumarios para averiguar y probar judicialmente lo que se había confesadoextrajudicialmente, tanto ante autoridades hispanas que administraban lasreducciones como frente a los representantes del cabildo indígena, que actuabancomo “jueces” en primera instancia. Los testimoniosefectuados a personas cercanas que iban siendo nombradas de forma concadenadaen los interrogatorios, por otras personas, junto con la alusión a detalles dela vida cotidiana, nos trasladaron a las relaciones familiares, conyugales, alas representaciones sobre el poder, y a las configuraciones y dominios degénero. Por otra parte, las sentencias, argumentaciones y debates jurídicos expuestospor jueces y defensores, expresaron pugnas de sentidos sobre los  homicidios perpetuados dentro de estructurasde género y configuraciones socio-étnicas desiguales[1].Lo que proporcionaron formas diversas de condenar e imputar los homicidiosexpuestos pero también de evaluar las pruebas, el rol de los testimonios, elpeso jurídico de las configuraciones socio-morales sobre las mujeres asesinadasy sus homicidas, que rompen con respuestas lineales y uniformes sobre laviolencia extrema contra las mujeres estudiadas. En ese sentido, la condena abierta,contra los homicidas confesos, realizada por las autoridades hispanas eindígenas, en una primera etapa, dentro los pueblos misioneros, y por losfiscales de las justicias de Buenos Aires fue obviamente rechazada por los“defensores de naturales”, que pusieron en juego, en función de su defensa, unabanico de elementos propios de la ideología de género de la época sumandopotenciales culpabilidades que adjudicaron a las mujeres en general con otrasespecíficas recaídas sobre las mujeres indígenas en particular.  Los homicidios a tresmujeres de los pueblos guaraníes de San Javier, San Borja y Santa Rosa de Lima,localizados en los actuales territorios de Argentina, Brasil y Paraguay,devinieron en un proceso judicial conducente a obtener pruebas para realizar laaveriguación de los hechos sucedidos en los años 1772, 1773 y 1800,respectivamente, e imponer las condenas o eximir a los imputados[2].Tecla Iati de San Javier, Francisca Yuyró de San Borja estando embarazada detres meses y Pascuala Achay de Santa Rosa perdieron sus vida por medio deacciones y violencias criminales por parte de tres hombres que se imputaron loshomicidios, en las confesiones tomadas, por lo menos en primera instancia.Estos eran Lorenzo Tayaré, cacique de 35 años, marido de Tecla; HermenegildoTabacaque, peón de oficio de 25 años, esposo de Francisca y Simón Ti, caciquede 19 años, titular del cacicazgo al que pertenecía Pascuala. En el procesointervinieron los cabildos de los pueblos, las autoridades hispanas quegobernaban los mismos y los tribunales judiciales de Buenos Aires[3].Los procesos judiciales se iniciaron, en el primer caso, por la denuncia de losmiembros del cabildo, en una presentación en guaraní dirigida al gobernador demisiones, Bruno de Zabala[4].En el segundo por intervención del teniente de gobernador, Bartolomé Pérez,ante la noticia difundida en el pueblo que derivó en la detención de trespersonas[5].Finalmente, el último caso, se inició por la sumaria iniciada por el nuevogobernador de misiones, Joaquín de Soria[6].En los tres casos, por ser delito grave, los acusados fueron trasladados aBuenos Aires y las causas continuaron su curso, allí. En el presente trabajo interesa dar cuenta delcontexto y del tratamiento judicial de la violencia homicida hacia mujeresguaraníes, en tiempos pos-jesuitas, dando cuenta de la superposición deautoridades y concepciones, como de la conjugación de variables mestizas en unproceso en etapas que devino en una valoración sinuosa y sesgada de lostestimonios y las confesiones, tomados a lo largo del tiempo. Asimismo,retomaremos la visión de la justicia patriarcal jesuita para dar cuenta de laexistencia de un devenir autónomo en la resolución de delitos y conflictos alinterior de las misiones, que conformó una costumbre, en gran parte, hasta laexpulsión de los mismos. Se busca dar cuenta del tratamiento judicial registradoen torno a los homicidios perpetuados a tres mujeres indígenas como a susencrucijadas, tanto las que plantearon los propios jueces como las que sedesprenden del análisis. Al respecto, interesa, también, ver cómo se construyenlos casos y los expedientes en la intersección de intermediaciones judicialeshispano-indígena. Asimismo, se presentarán algunas aproximaciones, a lasdiferentes aristas de las violencias homicidas de género. Al respecto, a travésde las respuestas a los interrogatorios se puede dar cuenta como los homicidiosse producen, en parte, como una reacción extrema y patriarcal de matriz mestizaa las resistencias o desaires expresados ante la intención de imponer susexigencias, asociadas a la “poligamia” o las normas del matrimonio y la vida encomún, al poder cacical y al intento de apropiación “sexual”, donde emergenprejuicios existentes en relación a las mujeres adultas y a las mujeres, engeneral, que buscaron ponerse en valor en la instancia de defensa judicial.[1] Las tradiciones culturales ovalores indígenas deben entenderse “dentro de la sociedad colonial”. Esto significaque si bien es posible inferir comportamientos diferenciales por cuestioneshistóricas, étnicas y culturales estos deben ser entendidos en un contexto detransformación producido por el sistema colonial a nivel de las relaciones depoder, de género, morales-religiosas y sexo-afectivas.[2] El territorio de las misionesguaraníes del Uruguay y Paraná estaba conformado por treinta pueblos divididosen Departamentos. Los pueblos acá mencionados pertenecían jurisdiccionalmenteal Departamento de Yapeyú, actual Argentina y Brasil (San Borja), alDepartamento de Santiago, actual Paraguay (Santa Rosa) y al Departamento de SanMiguel, actual Brasil (San Javier). [3] Los trespueblos habían sido administrados por los jesuitas hasta la expulsión, en 1767,tras los cual funcionarios españoles junto a sus familias se instalaron en lospueblos. La administración de los asuntos económico, socio-morales ypolítico-judiciales quedó en manos de un conjunto diverso de autoridadesespañolas e indígenas, para cada una de las treinta reducciones, bajo ungobernador de misiones, hasta 1810. [4] Testimonio dela causa criminal contra Lorenzo Tayuaré por haber muerto a su mujer Tecla Yati,pueblo de San Javier, 30 de diciembre de 1772. Con los originales reconsultó ala Real Audiencia en el correo de 16 de febrero de 1776. Sala IX, Criminales,2770. Archivo General de la Nación (AGN, Buenos Aires) En adelante Criminales2770[5] Compulsa en los autos criminalesseguidos en la ciudad de Buenos Aires contra Hermenegildo Tabacaque, indio delpueblo de San Francisco de Borja por haber muerto a una mujer. San Francisco deBorja, 28 de junio de 1773.  Sala IX,Criminales, 2767. Archivo General de la Nación (AGN, Buenos Aires). Enadelante, Criminales, 2767[6] Sumarioaveriguación de la muerte que dio el cacique de Santa Rosa, Don Domingo Ti, aPascuala Achai, 3 de diciembre de 1800. Legajo 103. Archivo Histórico de laProvincia de Buenos Aires (AHPB, La Plata). En adelante criminal provincial,103