INVESTIGADORES
PERI Pablo Luis
congresos y reuniones científicas
Título:
Ordenamiento territorial de los bosques nativos de la provincia de Santa Cruz.
Autor/es:
PERI P.L. FERRO MM SALAZAR L L. MONELOS LL RIAL P P. HEINZ EE
Lugar:
Ushuaia
Reunión:
Congreso; Jornadas Forestales de Patagonia Sur; 2010
Institución organizadora:
INTA-CADIC
Resumen:
El Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos de la provincia de Santa Cruz se enmarca con lo dispuesto por la Ley 26.331, de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos. Para dicho Ordenamiento Territorial se establecieron 3 diferentes categorías de conservación en función del valor ambiental de las distintas unidades de bosque nativo y de los servicios ambientales que éstos presten. En la propuesta preliminar, de una superficie total de bosque nativo de Santa Cruz de 523.817 ha, el 35% corresponde a la categoría I (rojo) y 65% a la categoría II (amarillo). La superficie de la categoría I (rojo) corresponde a 163.123 ha de lenga, 5.321 ha de ñire y 12.125 ha de bosque mixto. En las áreas correspondientes a esta categoría sólo podrán realizarse actividades de protección que no modifiquen las características naturales ni la superficie del bosque nativo, no amenacen con disminuir su diversidad biológica, ni afecten a sus elementos de flora. Además contempla los bosques con interés de conservación de fauna nativa en peligro de extinción como es el caso del huemul en Santa Cruz y relictos de bosque como es el caso de la conífera nativa de Ciprés de las Guaitecas (Pilgerodendrum uviferum). También se incluyen en esta categoría los bosques que poseen importancia relevante en el campo de la arqueología, pendientes >25º, bosques por sobre el límite de 450 metros de altitud y  áreas de amortiguación de cursos de agua. La superficie de la categoría II (amarillo) corresponde a 189.631 ha de lenga, 138.540 ha de ñire y 15.078 ha de bosque mixto. En esta categoría, además de Planes de Conservación podrán ejecutarse Planes de Manejo bajo un enfoque de sustentabilidad. Dentro de esta categoría se enmarcarían el uso silvopastoril de los bosques de ñire, uso maderero de bosques altos de lenga, turismo y recreación, y áreas degradadas para acciones de restauración activa. Cabe acotar que hasta el momento no fueron requeridas para Santa Cruz áreas en Categoría III (verde) correspondientes a sectores de bajo valor de conservación que pueden transformarse parcialmente o en su totalidad. Este Ordenamiento Territorial preliminar quedará supeditado a cambios luego de realizar los procesos participativos con los actores involucrados en el manejo de los bosques.