NODO IIHES   21823
INSTITUTO DE INVESTIGACIONES DE HISTORIA ECONOMICA Y SOCIAL
Unidad Ejecutora en Red - UER
capítulos de libros
Título:
Las facultades de las provincias en las relaciones internacionales
Autor/es:
TRUCCO, MARCELO; PRIOTTI, ANAHI
Libro:
Temas de Derecho Público
Editorial:
Ediar - Universidad Nacional de Rosario
Referencias:
Lugar: Buenos Aires; Año: 2010; p. 303 - 326
Resumen:
La reforma constitucional operada en nuestro país en el año 1994, marcó un avance significativo en cuanto al reconocimiento de atribuciones y facultades conferidas a los gobiernos de las provincias, acentuando de esta manera el poder de intervención de las mismas en determinadas materias que les estaban vedadas en el anterior texto constitucional. Así, se logró cristalizar el afán por afianzar el sistema federal. Sin dudas que uno de los avances más importantes se dio en la facultad de las provincias de poder concertar convenios internacionales, plasmado en el actual artículo 124 de la Constitución, adquiriendo cierta autonomía en el manejo de las relaciones internacionales. Esta necesidad trata de dar respuestas a un nuevo escenario mundial, donde el propio dinamismo de la vida internacional hace que las regiones vayan logrando cierta independencia en la conducción de su política exterior y en la conclusión de acuerdos que redunden en beneficios para los legítimos intereses locales. Sin embargo, el Constituyente fue muy cuidadoso a la hora de rodear a la mencionada facultad de ciertos límites, afín de que no entren en colisión con potestades reservadas al gobierno nacional.  A lo largo de este trabajo analizaremos este nuevo escenario, reseñando en primer lugar la cuestión de las relaciones entre el Derecho interno y el Internacional, la jerarquía actual de la que gozan los tratados internacionales, los requisitos contemplados por el mencionado art. 124 de la Constitución Nacional en orden a la facultad de las provincias para celebrar convenios internacionales, para luego detenernos en el análisis del actual texto de la Constitución de la Provincia de Santa Fe, observando la necesidad de su adecuación con lo dispuesto por la Constitución Nacional, como ya lo han hecho otros textos provinciales, preguntándonos si a la luz de una renovada concepción del Derecho Internacional se podría llegar a sostener la subjetividad internacional de las provincias, en cuanto resulten destinatarias de normas internacionales que les impongan una obligación o les otorguen un derecho. Sobre el final brindaremos a modo de conclusión algunas pautas a tener en cuenta en una futura reforma de la constitucional provincial en estos aspectos.