INFAP   20938
INSTITUTO DE FISICA APLICADA "DR. JORGE ANDRES ZGRABLICH"
Unidad Ejecutora - UE
congresos y reuniones científicas
Título:
Vitaminas y minerales y fitonutrientes. Ingesta diaria recomendada y posibles efectos adversos
Autor/es:
HÉCTOR GUSTAVO QUIROGA, MARÍA ANGELINA UÑATES, HÉCTOR STURNIOLO Y SONIA BARBERIS
Lugar:
La Punta. San Luis. Argentina.
Reunión:
Congreso; XXVII Reunión Científica Anual de la Sociedad de Biología de Cuyo.; 2009
Institución organizadora:
Sociedad de Biología de Cuyo
Resumen:
  Vitaminas, minerales y fitonutrientes. Ingesta diaria recomendada y efectos adversos.  Héctor G. Quiroga, María Angelina Uñates, Héctor L. Sturniolo, Sonia E. Barberis. Laboratorio de Bromatología. Facultad de Química, Bioquímica y Farmacia. Universidad Nacional de San Luis. Chacabuco N° 917. San Luis. C.P. 5700. Argentina.  Según el artículo 1381 (Res MSyAS N° 074, 5.02.98) inciso 2° (Res. Conj. 12 y 222/03) del Código Alimentario Argentino (C.A.A.) se define como suplementos dietarios a los productos destinados a incrementar la ingesta dietaria habitual, suplementando la incorporación de nutrientes en la dieta de las personas sanas que presentes necesidades básicas dietarias no satisfechas o mayores a las habituales, siendo su administración por vía oral. Deben presentarse en forma sólida (comprimidos, cápsulas, granulado, polvos u otras) o líquidas (gotas, solución u otras) u otras formas para absorción gastrointestinal, contenidas en envases que garanticen la calidad y estabilidad de los productos. Podrán contener en forma simple o combinada: péptidos, proteínas, lípidos, lípidos de origen marino, lípidos de germen de prímula u onagra (Oenothera biennis), aminoácidos, glúcidos o carbohidratos, vitaminas, minerales, fibras dietarias y hierbas (que se encuentren descriptas en el C.A.A. y hayan sido aprobadas por la autoridad sanitaria nacional) en concentraciones tales que n tengan indicación terapéutica o sean aplicables a estados patológicos. Además, el C.A.A. no autoriza el agregado de triptófano como suplemento dietario y regula los límites máximos de tolerancia de algunos contaminantes inorgánicos. Específicamente, el C.A.A. solo legisla con respecto a la ingesta diaria de referencia y niveles de no observación de efectos adversos de algunas sustancias minerales (Ca, Fe, P, Mg, Zn, I, Se, Cu, Mn, Cr y Mo) y vitaminas (A, D, C, E, K, B1, B2, B6, B12, niacina, ácido fólico, biotina, ácido pantoténico y b-caroteno) para el caso de suplementos que contienen sustancias vegetales, aminoácidos, vitaminas y minerales.  Como es sabido, las sustancias vegetales pueden poseer antinutrientes, tóxicos endógenos e inducidos en el producto por contaminación. El objetivo de este trabajo fue analizar el contenido de sustancias minerales y vitaminas de 14 suplementos alimentarios formulados por Tahefarma S.R.L. (Villa de Merlo, San Luis) en relación con la ingesta diaria recomendada (IDR) y los posibles efectos adversos de dichos nutrientes según el C.A.A.