INVESTIGADORES
FERNANDEZ Carolina Julieta
congresos y reuniones científicas
Título:
Teorías medievales de los derechos subjetivos
Autor/es:
ASTARITA, CARLOS; COLOMBO, OCTAVIO; CASTELLO DUBRA, JULIO; CAROLINA JULIETA FERNÁNDEZ
Lugar:
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Reunión:
Jornada; Primeras Jornadas Interdisciplinarias sobre Baja Edad Media; 2019
Institución organizadora:
Facultad de Filosofía y Letras, UBA
Resumen:
l objetivo de este trabajo es ofrecer una caracterización de lasteorías escolásticas sobre lo que la crítica contemporáneadenomina "derechos subjetivos", con sus antecedentespre-escolásticos y las principales discusiones de dicha crítica entorno de su significado y surgimiento. Por "derechos subjetivos"entendemos: derechos que se consideran atributos de los sujetos oindividuos entendidos en su individualidad y no en su carácter departes o miembros de algún todo o totalidad mayor, como la comunidadpolítica o social. Podríamos decir que se trata de poderes,capacidades o atributos radicalmente inalienables de las personas. Entre los derechos subjetivos más típicos se cuentan los relativos altrato del hombre con los bienes materiales, como el derecho a usar o consumir las cosasnecesarias para el propio sustento y conservación de la vida. De modo derivado, el derechoa apropiarse o establecer relaciones de propiedad o dominio sobre losbienes, tanto inanimados como animados, entendido comopotestad vindicatoria de ese bien ante un juez humano, es decir, enel marco del derecho denominado "positivo" (por oposiciónal derecho natural o anterior a toda convención y acuerdo humanos,dados en un tiempo y lugar, etc.). De un modo aún más radicalmentealojado en la espontaneidad de la persona humana que los derechos conrespecto a los bienes externos se cuentan los derechos que involucranla autodeterminación o libre disponibilidad del sujeto respecto desí mismo y de sus propias acciones. Hacia el pico de suevolución, los escolásticos consideraron ciertos derechospolíticos básicos u originarios en un pie de igualdad con losanteriores. En síntesis, llegaron a entender los derechos deautodeterminación, propiedad y poder como un cúmulo de potestadesindependientes entre sí e igualmente radicales. p { margin-bottom: 0.25cm; direction: ltr; color: rgb(0, 0, 10); line-height: 120%; text-align: left; }p.western { font-family: "Calibri", "Calibri", serif; font-size: 11pt; }p.cjk { font-family: "SimSun", "宋体"; font-size: 11pt; }p.ctl { font-family: "Times New Roman", "Times New Roman"; font-size: 11pt; }