INVESTIGADORES
MIE Fabian Gustavo
congresos y reuniones científicas
Título:
La defensa aristotélica del Principio de no contradicción
Autor/es:
FABIAN MIE
Lugar:
Santa Fe
Reunión:
Jornada; Jornadas de comunicación en investigación en filosofía; 2008
Institución organizadora:
Univ. Nacional del Litoral
Resumen:
Comienzo con un argumento aristotélico que trataré de analizar: (i)                          Si “hombre” tiene un significado unívoco, y éste es determinado a través de su definición (e.g. animal racional), y (ii)                        hay algo que se denomina “hombre”, y si (iii)                      “hombre” y “no hombre” no son sinónimos, entonces (iv)                      el mismo x no puede ser llamado con verdad simultáneamente “hombre” y “no hombre”. Michael Wedin ha analizado este texto argumentando en contra de la opinión que habría promovido Łukasiewicz y aceptado G.E.M. Anscombe y Christopher Kirwan, según la cual Aristóteles restringiría el dominio del PNC a proposiciones esenciales sobre sustancias. Por su parte, Wedin intentar mostrar que el Principio no admite esa restricción. En su opinión, tal restricción tampoco sería coherente con la amplitud con que aparentemente Aristóteles pretende imponer el Principio como irrecusable dentro de la concepción según la cual todas las clases de cosas que son, en cuanto son, se someten a él. Lo que es, sigue Wedin, se somete a él en cuanto posee una determinación esencial, es lo que Aristóteles llama un kath’ hautó, en uno de los sentidos definidos por Metafísica V 7. Teniendo en cuenta que tal cualificación no conlleva una restricción a items sustanciales, el PNC tendría un ámbito de validez y aplicación irrestricta. En breve, ésta es la línea general de argumentación de Wedin[i]. Si el PNC se aplica universalmente a todas las cosas que son por sí, como sostiene Wedin, entonces su dominio está delimitado por el aspecto categorial de las entidades. El descubrimiento de Aristóteles habría consistido en vincular la validez irrestricta del PNC a la naturaleza categorial de las cosas, en cuanto la validez del Principio se apoyaría en la perseidad, y esta última debería explicar la identidad que la infracción del PNC pondría en riesgo. Pero hay un problema en la lectura de Wedin, y éste es que la defensa aristotélica del PNC no se apoya en el aspecto categorial según el cual todo lo que es, en cuanto se subordina a una categoría, es por sí. En este trabajo trataré de mostrar que el concepto de identidad con que Aristóteles opera en Metafísica IV y sobre el que apoya la validez del PNC implica que la identidad de las entidades no sustanciales guarda una relación de dependencia con la sustancia. Me propongo aclarar que si bien esto no conlleva una restricción de la validez del Principio, la dependencia de los accidentes respecto de las sustancias entraña importantes modificaciones sobre aquello a lo que concierne el Principio. Mi tesis general será que el dominio de aplicación universal del PNC se apoya en la semántica de la referencia (pròs hèn legómenon) a un primer significado, dado por la sustancia. [i] Wedin 1982.