INVESTIGADORES
ENNIS Juan Antonio
congresos y reuniones científicas
Título:
El lunfardo: lengua delincuente de Buenos Aires
Autor/es:
JUAN ANTONIO ENNIS
Lugar:
Regensburg
Reunión:
Congreso; XIV Congreso de la Asociación Alemana de Hispanistas; 2003
Institución organizadora:
Deutscher Hispanistenverband - Universität Regensburg
Resumen:
<!-- /* Style Definitions */ p.MsoNormal, li.MsoNormal, div.MsoNormal {mso-style-parent:""; margin:0cm; margin-bottom:.0001pt; mso-pagination:widow-orphan; font-size:12.0pt; font-family:"Times New Roman"; mso-fareast-font-family:"Times New Roman";} p.BodyTextIndent3, li.BodyTextIndent3, div.BodyTextIndent3 {mso-style-name:"Body Text Indent 3"; margin:0cm; margin-bottom:.0001pt; text-align:justify; text-indent:35.25pt; line-height:150%; mso-pagination:widow-orphan; mso-layout-grid-align:none; punctuation-wrap:simple; text-autospace:none; font-size:12.0pt; mso-bidi-font-size:10.0pt; font-family:"Times New Roman"; mso-fareast-font-family:"Times New Roman"; mso-ansi-language:IT; mso-fareast-language:DE;} @page Section1 {size:612.0pt 792.0pt; margin:70.85pt 3.0cm 70.85pt 3.0cm; mso-header-margin:36.0pt; mso-footer-margin:36.0pt; mso-paper-source:0;} div.Section1 {page:Section1;} --> La definición y delimitación de cuál sea el designatum del nombre „lunfardo“ constituye ya en sí un objeto de disputas en cuanto a su definición y delimitación, aunque a su vez tiene un origen indiscutido, como jerga especializada de delincuentes y presidiarios en Buenos Aires. El punto crucial de la discusión serán aquí los esfuerzos y disputas en torno a la descripción, definición y delimitación de esa jerga delincuente a lo largo de la historia, en la cual la noción de „lengua parasitaria“ desempeña un rol decisivo.  La definición de la marginalidad y la delincuencia presupone la existencia de un centro y una ley. Así, entre el léxico y la gramática se definen los límites de esa ley y sus márgenes en el ámbito de la lengua. Así, por ejemplo, dentro del lunfardo se ha observa una abundante proliferación de innovaciones a nivel lexical, pero subrayando a la vez la ausencia de las mismas dentro de la morfología derivacional, donde tomaría la del español. La analogía entre la ley y la gramática que subyace a esta concepción hace impensable la formación de una gramática jergal o lunfarda, pues ello supondría una legalidad alternativa y por tanto no ya una desviación sino una entidad diversa con una legalidad otra: de esta manera, la circunscripción del lunfardo al léxico (y el consecuente  señalamiento de una frontera nítida entre éste y la gramática) permite asignar al delincuente una lengua que, como él, se revela marginal y desviante, diversa, pero anclada (y observada y penada) en el interior de la legalidad de lo mismo.