INVESTIGADORES
LOMBARDI olimpia Iris
congresos y reuniones científicas
Título:
Ponencia invitada: Leyes científicas: ni esencias absolutas ni meros hábitos
Autor/es:
MARIANA CÓRDOBA; OLIMPIA LOMBARDI
Lugar:
Mar del Plata
Reunión:
Congreso; Segundo Encuentro Nacional de Lógica, Filosofía del Lenguaje y Lingüística; 2011
Institución organizadora:
Universidad Nacional de Mar del Plata
Resumen:
¿Qué requisitos debe cumplir un enunciado para ser considerado una ley científica? Un recorrido por las respuestas ofrecidas a esta pregunta evidencia compromisos expresados en dos concepciones opuestas respecto del concepto de ley. Según la primera, la universalidad y la necesidad de las leyes hallan su justificación en algún tipo de esencias. Pueden agruparse aquí la idea de ley deudora de la noción aristotélica de definición y la moderna idea de las leyes científicas como descripciones de tendencias naturales o poderes reales. La segunda es la concepción de ley científica desarrollada por Mach a partir de las conclusiones escépticas del análisis humeano de la causalidad. De acuerdo con ella, las leyes constituyen resúmenes de las experiencias sensoriales, de modo que no es posible justificar su universalidad y su necesidad. Ofreceremos una concepción alternativa a ambas posiciones. Argumentaremos en favor de una visión de las leyes desde un pluralismo ontológico que se funda en la praxis científica. Rechazamos la idea de que deba responderse por sí o por no a la pregunta de si hay esencias o poderes causales en el mundo, y que deba ser esta respuesta la que, al propio tiempo, brinde el fundamento a la justificación de las leyes. Sostenemos que dada una teoría exitosa, es posible hablar de esencias relativas a un esquema conceptual. De este modo, pueden hallarse propiedades esenciales, disposicionales, poderes causales, etc. y es posible encontrar justificaciones para las leyes científicas. Pero no pueden ser justificadas en términos absolutos, ni cabe exigir ese tipo de justificación.