IDIHCS   22126
INSTITUTO DE INVESTIGACIONES EN HUMANIDADES Y CIENCIAS SOCIALES
Unidad Ejecutora - UE
congresos y reuniones científicas
Título:
C. I. Lewis: ¿Un pragmatismo fundacionalista?
Autor/es:
SÁNCHEZ GARCÍA VICTORIA PAZ
Lugar:
Bogotá
Reunión:
Congreso; II Congreso Colombiano de Lógica, Epistemología y Filosofía de la Ciencia; 2012
Institución organizadora:
Depto. de Filosofía, Facultad de Ciencias Sociales, Universidad de los Andes y por la Escuela de Ciencias Humanas, Universidad del Rosario
Resumen:
Resumen. Varios pensadores1, han asociado la teoría del conocimiento de C.I. Lewis a una posición fundacionalista que basa el conocimiento en los datos sensibles. Dicha interpretación encuentra justificación en diferentes escritos del autor donde se hace particular hincapié en la noción de “lo dado”. En el presente trabajo, sin embargo, intentaremos mostrar que el rol que juega “lo dado” en la teoría del conocimiento lewisiana es, por lo menos, problemático. Si bien es cierto que para Lewis el conocimiento tiene una base empírica que es indispensable para dar cuenta de la verdad o falsedad de nuestras interpretaciones, esta afirmación supone sólo el reconocimiento de un elemento independiente e inalterable que se pone en juego en la construcción de conocimiento. En efecto, la noción de lo dado en la epistemología lewisiana nos remite al carácter sensible de aquello que se nos presenta aquí y ahora en la experiencia, pero esta afirmación parece reducirse solo al reconocimiento de la ocurrencia de las aprehensiones sensibles, al reconocimiento de una factualidad, de un límite que pone la realidad independiente al abanico de posibilidades de interpretación que de hecho pueden aplicársele. Esta certeza que guarda la afirmación de lo dado –y que Lewis denomina “certeza práctica o pragmática”-, ha sido considerada la piedra de toque fundacional para la construcción inferencial del conocimiento empírico. No obstante, consideramos que es posible mostrar que, si bien lo dado cumple un rol en la validación de las creencias acerca del mundo, no pareciera funcionar como un elemento determinante en la teoría de la justificación lewisiana, la cual está marcada por fuertes rasgos coherentistas al interior de un marco conceptual que estructura un sistema mayor de creencias. En otras 1 Roderick Firth, Jonathan Dancy, Laurence Bonjour, Hans Reichenbach, entre otros. palabras, consideramos posible sostener que dicho elemento compromete a Lewis con un supuesto realista de corte metafísico, pero no necesariamente con una teoría de la justificación de corte fundacionalista fuerte, tal como se lo ha interpretado usualmente. Intentaremos dar cuenta, entonces, de por qué lo dado no podría abonar un fundacionalismo fuerte en el marco de la epistemología lewisiana. Dos tesis serán los pilares de la argumentación: 1) el principio de inmanencia pragmatista: la imposibilidad de distinguir lo dado de lo interpretado al interior de la experiencia. En la epistemología de Lewis la experiencia supone una mezcla temporalmente inseparable de lo dado y la interpretación conceptual. A diferencia de las propuestas empiristas tradicionales, Lewis afirma que no es a partir del dato sensible inmediatamente aprehendido que inferimos inductivamente ciertas regularidades y construimos conocimiento, sino que es a partir del grueso de experiencia acumulada que interpretamos lo que se nos presenta sensiblemente “aquí y ahora” tornándolo inteligible y significativo en función de ciertas líneas de acción. En este sentido, lo dado no constituye un dato bruto susceptible de ser aprehendido en una suerte de estesis pura, sino, más bien, en palabras de Sandra Rosenthal, un “dado relativo” que supone siempre la mediación de una estructura conceptual interpretativa puesta por el sujeto epistémico. Siendo, entonces, que no es posible el conocimiento sin conceptos, un fundacionalismo del tipo empirista quedaría, al parecer, excluido. 2) el rol determinante que juega el sistema conceptual en la justificación del conocimiento. Los sistemas conceptuales constituyen principios interpretativos rectores que operan como definiciones, categorías, significados y criterios de realidad conformando una suerte de red conceptual que organiza la experiencia tornándola significativa. Si bien surgen inductivamente como generalizaciones a partir de la experiencia acumulada, constituyen un elemento verdadero -dado su carácter analítico y definicional en el marco de una concepción del significado intensional, holista y pragmática-, que se aplican a priori a toda instancia particular de experiencia, sentando las bases para una determinada interpretación del mundo. Dicha aplicación es, no obstante, siempre probable y falible, siendo dichos esquemas susceptibles de modificación, abandono o sustitución, cuestión que se encuentra determinada por criterios pragmáticos, es decir, por el éxito que tengan al ordenar nuestra experiencia en función de los intereses y fines que guían la investigación. Desde esta perspectiva, las conclusiones estarán orientadas a señalar que, si se trata de encontrar rasgos fundacionalistas en la teoría del conocimiento lewisiana, entonces no sólo deberíamos atender al tipo de certeza que se encuentra implicada en la noción de lo dado y a sus consecuencias específicas para una teoría de la justificación, sino también al rol de los sistemas conceptuales en la constitución y validación del conocimiento. En efecto, ambos elementos -lo dado y el a priori-, conllevan, según Lewis, un tipo específico -aunque diferente- de certeza: una certeza práctica que deriva del reconocimiento de una factualidad, por un lado; y una certeza lógica, producto de la disposición de un concepto o enunciado en tanto analítico, por el otro. Ambos constituyen condiciones de posibilidad del conocimiento pero no son, por sí mismos y considerados aisladamente, condiciones suficientes para establecer conocimiento válido. En este sentido, y teniendo en cuenta asimismo que se trata de elementos independientes entre sí; que la aplicación del concepto a lo dado es condición de posibilidad de su inteligibilidad; que dicha aplicación es, no obstante, meramente hipotética, probable y falible; y que la elección del sistema conceptual con el cual ordenamos la experiencia no se encuentra determinado por experiencias particulares sino por criterios pragmáticos; sostenemos que, si es posible hablar de fundacionalismo, entonces se trataría de un tipo modesto y fuertemente relativizado por consideraciones pragmáticas.