BECAS
GIROMINI JosÉ
congresos y reuniones científicas
Título:
La tesis del ascenso pragmático en Wilfrid Sellars
Autor/es:
GIROMINI, JOSÉ
Lugar:
Tucumán
Reunión:
Congreso; XX Congreso de la Asociación Filosófica de la República Argentina; 2023
Institución organizadora:
AFRA - Facultad de Filosofía y Letras, UNT
Resumen:
El propósito de esta presentación es sacar a la luz algunas de las conclusiones, y explorar algunos de los problemas novedosos para la discusión acerca del seguimiento de reglas, que se desprenden de la distinción desarrollada por Wilfrid Sellars entre deberes de ser (ought-to-be’s) y deberes de hacer (ought-to-do’s).De acuerdo con Sellars, los deberes de ser son reglas que, en principio, pueden aplicarse a un dominio muy amplio de fenómenos. Desde la actividad lingüística al funcionamiento de un reloj, pasando por las reacciones conductuales y emocionales de animales humanos y no-humanos a ciertos estímulos, todo lo que se requiere para que algo satisfaga un deber de ser es que se encuentre en un determinado estado en ciertas circunstancias. Sin embargo, para que algo sea evaluable a la luz de un deber de ser, Sellars introduce una condición ulterior: que alguien sea responsable de hacer que las cosas sean como algún deber de ser ordena que sean. Los estados de un reloj devienen algo evaluable en la medida en que existen relojeros. Por este motivo, Sellars sostiene que los deberes de ser (“X debe estar en E, en C”) implican deberes de hacer (“Un sujeto S debe hacer que X esté en E, en C”).A partir de esta distinción, Sellars establece una suerte de división social del trabajo normativo que reemplaza el requerimiento intelectualista del ascenso semántico (“para seguir una regla es preciso representársela”) por un requerimiento que podríamos llamar de ascenso pragmático: para que algo siga una regla, es preciso que exista una práctica cuya finalidad es hacer que ese algo se ajuste a la regla. De este modo, el eje se corre desde los problemas clásicos vinculados a las capacidades representacionales que los agentes deben poseer para seguir una regla hacia problemas vinculados a sus capacidades prácticas de intervención. Para que un médico pueda sujetar el corazón de un paciente al deber de latir regularmente, importa más su capacidad de lograr ese estado de cosas que su capacidad de representárselo como debido. Esto abre toda una serie de interrogantes que es interesante explorar: ¿Cuándo una práctica cuenta como evaluando un dominio de fenómenos? ¿Qué significa exactamente decir que un dominio de fenómenos es evaluable sólo cuando podemos intervenir sobre éste? ¿Quiénes son los responsables de hacer que ciertos estados de cosas sean o no el caso?