INVESTIGADORES
LOMBARDI olimpia Iris
congresos y reuniones científicas
Título:
Pluralismo ontológico y leyes científicas: una concepción pluralista basada en la praxis
Autor/es:
MARIANA CÓRDOBA; OLIMPIA LOMBARDI
Lugar:
Florianópolis
Reunión:
Congreso; VII Simposio Internacional Principia; 2011
Institución organizadora:
Universidad Federal de Santa Catarina
Resumen:
Determinar en qué consisten las leyes científicas constituye un problema sobradamente discutido en filosofía de la ciencia. Consideramos adecuado distinguir dos posiciones radicales enfrentadas respecto de las leyes, fundadas sobre compromisos filosóficos antagónicos. Estas posiciones ofrecen respuestas contrarias a la misma inquietud filosófica. De acuerdo con la primera de estas posiciones, la universalidad y la necesidad de las leyes hallan su justificación en algún tipo de esencias. Agrupamos bajo esta categoría dos visiones: la deudora de la noción aristotélica de definición y la moderna idea de que las leyes científicas constituyen descripciones de tendencias o poderes reales. La segunda es la concepción de ley científica desarrollada por Mach, proveniente de las conclusiones escépticas que arroja el análisis humeano de la causalidad. De acuerdo con esta concepción las leyes son meros compendios de nuestras experiencias sensoriales. Tenemos, entonces, en un extremo una completa armonía entre leyes y esencias, sean éstas definitorias de clases naturales, o se identifiquen con poderes causales, tendencias naturales, disposiciones, microestructuras internas, etc. Aquí, necesidad y universalidad hallarán justificación sin mayor dificultad. En el otro extremo tenemos una distancia insoslayable entre leyes universales e individuos. Por lo tanto, debemos conformarnos con lo provisorio de los resúmenes, en definitiva injustificables, de los datos particulares que constituyen lo único real, lo único a lo que podemos acceder confiadamente. ¿A qué interrogante responden estas concepciones? Ambas parten del supuesto de que los predicados “ser una clase natural”, “ser un poder causal”, “ser una esencia” son predicados absolutos. De manera que el interrogante común –al que sólo cabría responder por sí o por no– es la pregunta acerca de si tales cosas existen en el mundo. Si ésta es la pregunta que hay que responder, o bien aceptamos que hay leyes científicas gracias a abrazar un dogmático esencialismo, o bien debemos admitir que no hay clases, poderes causales ni esencias y, por lo tanto, tampoco hay verdaderas leyes. En este trabajo nuestro objetivo es ofrecer una concepción de las leyes científicas drásticamente diferente de estas posiciones antagónicas. Nuestra concepción no constituye una “superación” de aquéllas antagónicas, sino que pretende ofrecer una visión de las leyes totalmente diferente, ya que no parte de la pregunta acerca de la necesidad y universalidad, sino que se basa en la praxis científica, al tiempo que efectúa una crítica de los supuestos filosóficos involucrados en las concepciones tradicionales. Sostenemos que el predicado “ser una esencia” y sus análogos no son predicados absolutos, sino relativos a un determinado esquema conceptual. Luego, no es necesario ofrecer una respuesta a la pregunta de si existen las esencias. Qué cosas son esencias dependerá de cada esquema conceptual. Esto es lo que sugiere el pluralismo ontológico, que ofrece un marco filosófico interesante para comprender las leyes científicas. Partimos del éxito científico de las teorías: dada una teoría exitosa, es posible hallar propiedades esenciales, poderes causales, propiedades disposicionales, etc., teniendo en cuenta que la esencialidad es relativa a un esquema conceptual. Es posible encontrar, así, justificaciones para las leyes científicas. Pero no cabe justificarlas en términos absolutos, porque esto requiere comprometerse con una ontología única o fundamental, de manera que –sostenemos– no cabe exigir ese tipo de justificación.