BECAS
FLORES Ailen Sol
congresos y reuniones científicas
Título:
Acuífero Puelche: Análisis comparativo de la normativa provincial sobre la gestión del agua subterránea
Autor/es:
AILEN SOL FLORES
Lugar:
modalidad virtual
Reunión:
Congreso; XVIII Encuentro de Geografías de América Latina y VIII Congreso Nacional de Geografía de Universidades públicas de la República Argentina; 2021
Institución organizadora:
Universidad Nacional de Córdoba
Resumen:
El agua dulce es un recurso limitado en el planeta, aproximadamente el 2% del agua corresponde a agua dulce y alrededor del 0.5% de la misma se encuentra como agua subterránea (Auge, 2006). La Argentina posee gran cantidad de recursos hídricos, sin embargo presenta una distribución irregular de los mismos, solo un tercio del territorio presenta fuentes de agua dulce (Academias Nacionales de Ingeniería, Ciencias Económicas y Ciencias Exactas, Físicas y Naturales, 2011). La reforma constitucional del año 1994 incorporó nuevos derechos y garantías, en el artículo 41 de la Constitución Nacional se estableció que todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras, teniendo el deber de preservarlo. Estableció la responsabilidad de recomposición al que causare un daño ambiental, la obligación de las autoridades de proveer el derecho a un ambiente sano y la utilización racional de los recursos naturales. A su vez estableció como competencia de la Nación dictar las normas que contengan los presupuestos mínimos de protección, y las provincias, las necesarias para complementarlas, sin alterar las jurisdicciones locales. En el artículo 124 de la Constitución se reconoció el dominio originario de los recursos naturales por parte de las provincias. A nivel Nacional en materia de recursos hídricos y en particular del agua dulce, se publicó en el año 2003 la Ley 25.688 Régimen Ambiental de aguas, la cual establece los presupuestos mínimos ambientales para la preservación de las aguas, su aprovechamiento y uso racional. Sin embargo, la misma no fue reglamentada, por lo que su aplicación no fue efectiva. Además, dicha ley fue ampliamente criticada por autoridades provinciales del agua dado el solapamiento de las competencias asignadas a las provincias en el dominio de sus recursos naturales (OECD, 2020). Actualmente no existen otras leyes de carácter nacional que gestionen expresamente los recursos hídricos del país, pero sí existen disposiciones que regulan determinados aspectos del agua, como el código penal, el código civil, el código alimentario y otras leyes que contienen disposiciones relacionadas al agua. A nivel provincial, todas las jurisdicciones han dictado leyes y códigos de agua, que regulan el manejo, uso, protección y gestión de los recursos hídricos (OECD, 2020). Los acuíferos son un recurso estratégico tanto en la Argentina como en el resto del planeta, dado que son utilizados para abastecer de agua las distintas actividades productivas como a la población en general para el consumo de agua (Peralta y López Sardi, 2012). Si bien estos recursos hídricos son abundantes en Argentina en comparación a otros países, la disponibilidad y calidad del agua de los acuíferos se ve afectada por la demanda, sobreexplotación y mal manejo del recurso (Auge, 2006). El Acuífero semiconfinado Puelche es uno de los más importantes de Argentina debido a sus reservas, calidad, explotación actual y diversidad de usos. Su extensión es de alrededor 240.000 kilómetros cuadrados en las provincias de Santa Fe, Entre Ríos, Córdoba y Buenos Aires. Los usos principales del acuífero corresponden al abastecimiento humano, industrial, ganadero, riego y recreativo (Auge, Hernández Hernández, 2002). El inadecuado manejo y la sobreexplotación de este acuífero en algunas zonas de la provincia de Buenos Aires (área metropolitana de Buenos Aires) tuvieron como impactos negativos la formación de conos de depresión, la transferencia vertical de aguas contaminadas, la intrusión de aguas salinas y el anegamiento derivados del ascenso de la superficie freática (Auge, Hernández Hernández, 2002). El objetivo del presente trabajo es identificar y analizar aspectos principales de las normativas de 4 provincias referidas a la gestión del agua subterránea y su implicancia de la gestión del recurso para los territorios. La metodología será de tipo cualitativa, se implementará un análisis comparativo-descriptivo de normativa provincial. Se seleccionaron 4 provincias para el análisis comparativo de normativa, las cuales corresponden a las provincias de Santa Fe, Entre Ríos, Córdoba y Buenos Aires. Se identificarán las leyes que regulan determinados aspectos del agua subterránea y se describirán y analizarán los ejes principales de la normativa provincial referidos a la Gestión y protección de los acuíferos, para lo cual se utilizarán los digestos jurídicos de cada provincia y el sistema argentino de información jurídica (SAIJ). Las provincias poseen distintas leyes que regulan aspectos en mayor o menor profundidad referidos a los acuíferos (De La Torre, 2013). Si bien las cuatro provincias al igual que el resto de las jurisdicciones provinciales cuenta con Códigos o Leyes de Agua, solo la provincia de Santa Fe hace referencia a la creación de entes de derecho público interjurisdiccional, con el fin de coordinar acciones para promover y proteger el buen estado de las aguas tanto superficiales como subterráneas, las otras tres provincias hacen referencia a acuerdos o tratados y resolución de conflictos pero no se hace referencia a una gestión integrada entre las provincias que comparten este recurso estratégico. Los problemas ambientales trascienden límites jurisdiccionales, los hechos territoriales y procesos que generan las formas y dinámicas de un espacio geográfico no pueden circunscribirse a un único nivel de análisis (Valenzuela, 2006). Para una adecuada gestión de los recursos que posibilite su aprovechamiento sustentable, se requiere integrar en la gestión los modelos actuales de cada territorio y sus fronteras, comprendidas como la construcción permanente de diferenciación espacial, y la multiplicidad procesos que las configuran, permitiendo así poner en diálogo las múltiples diferenciaciones que se producen y previniendo problemas complejos que surgen en la gestión de recursos que trascienden límites interprovinciales (Silva Sandes y Porcaro, 2018; Benedetti, 2018). La inexistencia de un sólido marco normativo nacional para la regulación del agua dulce y en particular de los acuíferos, la ineficacia y conflictos de solapamiento entre las provincias y el estado nacional y la variación entre las distintas legislaciones derivan en una gestión descoordinada de los distintos estados provinciales sobre recursos interjurisdiccionales como los acuíferos.