BECAS
GÓMEZ MOLLA Rosario
congresos y reuniones científicas
Título:
La "excepcionalidad" del trabajo femenino en la incorporación de las mujeres a las profesiones jurídicas (La Plata, 1910)
Autor/es:
ROSARIO GÓMEZ MOLLA
Lugar:
Córdoba
Reunión:
Congreso; VIII Jornadas Nacionales de Historia Social; 2021
Institución organizadora:
Instituto de Estudios Históricos (IEH/CEH-CONICET) y Centro de Estudios Históricos "Prof. Carlos S. A. Segreti" (CEH)
Resumen:
Las investigaciones que analizaron las relaciones de género en Argentina en las primeras décadas del siglo XX, muestran el modo en que distintos discursos caracterizaron el trabajo de las mujeres para el mercado como excepcional. Dicha operación se basaba en un modelo de domesticidad que identificaba a las mujeres, de manera exclusiva y excluyente, con la maternidad y el hogar, y a los varones con el empleo y el salario y, por ende, con el rol de proveedores del sustento económico de la familia. El trabajo asalariado de las mujeres se explicó, entonces, a partir de la noción de excepcionalidad, justificada fundamentalmente por la necesidad económica. Sin embargo, esta idea no alcanzaba para explicar todas las expresiones de la presencia femenina en el mercado de trabajo, como puede observarse en el proceso de inscripción en la matrícula profesional del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires de la primera abogada argentina, María Angélica Barreda.En esta ponencia nos proponemos analizar la incorporación de las mujeres a las profesiones jurídicas en un contexto de excepcionalidad del trabajo femenino, a la luz de la matriculación de Barreda. Primero, caracterizaremos la excepcionalidad del trabajo de las mujeres como modalidad de la división sexual del trabajo en este período, a partir de la bibliografía que abordó la temática. Luego, analizaremos el expediente de matriculación de Barreda y los elementos que evidenció respecto del tema de nuestro interés. Por último, demostraremos la especificidad de las profesionales dentro del universo de las trabajadoras asalariadas en el contexto de esta modalidad por excepción. Sostendremos como hipótesis que para las profesionales del derecho la excepcionalidad se justificó por otros elementos además de la necesidad económica, tales como la excepción por sexualización de ciertas áreas de la ocupación, la excepción por formación y la excepción por independencia económica.