Por Resolución RESOL-2021-659-APN-DIR#CONICET se crea el Área de Políticas de Género y Diversidades como espacio de transversalización de la perspectiva de género en el CONICET.
Desde este espacio se diagnostican las necesidades institucionales, tanto en lo que hace a los lugares de trabajo, como en el entramado normativo y las instancias de evaluación.
Con una perspectiva transversal, trabaja mancomunadamente con las distintas instancias y regiones y, en función de un diagnóstico institucional, propone, diseña e implementa políticas inclusivas orientadas a promover la equidad y garantizar espacios de trabajo libres de violencias.
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Valores
El área busca honrar los acuerdos institucionales en temática de género y diversidades, garantizando el compromiso inalienable con las garantías constitucionales de Derechos Humanos, y con todos los avances en derechos de la comunidad LGBTIQ+.
Así mismo, en este espacio institucional garantizamos el compromiso con los principios rectores establecidos en el Artículo 7º de la Ley 26.485, asegurando el respeto por la privacidad y la confidencialidad en todos los intercambios y garantizando las medidas necesarias para evitar situaciones de revictimización en el ejercicio de nuestro compromiso con el mejoramiento institucional.
Misiones
- Promover, diseñar e implementar políticas que incorporen la transversalización de la perspectiva de género y diversidad en todos los espacios institucionales de CONICET.
- Implementar políticas que contribuyan a la equidad, tanto en los espacios de trabajo, como en los sistemas de evaluación y toma de decisiones, el desarrollo institucional y la mejora continua del entramado normativo.
- Planificar, diseñar y coordinar los programas de capacitación, sensibilización y formación en temas de género, diversidad y prevención de las violencias.
- Relevar y sistematizar datos, indicadores e insumos para la producción de estudios, diagnósticos e informes así como promover bancos de acciones y promoción de buenas prácticas.
- Diseñar y coordinar lineamientos de comunicación no sexista y respetuosa de las diversidades, asesorar y acompañar en la comunicación pública de la institución.
Normativa
A continuación se encuentra la legislación que respalda las acciones institucionales y guía las políticas que se llevan a cabo en el organismo en materia de desarrollo de normativa institucional, instancias de sensibilización y capacitación, y protocolos de actuación e intervención ante situaciones de violencias.
Marco internacional
- Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), adoptada por las Naciones Unidas en 1979 y aprobada por la Argentina en 1985 mediante la Ley 23.179.
En su Recomendación General 19 de 1992, observa que la violencia contras las mujeres se inscribe dentro de las formas de discriminación que sufre y que como tal “inhibe gravemente” su capacidad de gozar de derechos y libertades en igualdad con los hombres.
- Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará), adoptada por la Organización de los Estados Americanos en 1994 y aprobada por la Argentina en 1996 mediante la Ley 24.632, señala que la violencia es una ofensa a la dignidad humana y una manifestación de las relaciones de poder históricamente desiguales entre mujeres y hombres. Enfatiza que la violencia es un problema que trasciende todos los sectores sociales, independientemente de cualquier diferencia socioeconómica, étnica, cultural, religiosa o educacional.
- Principios de Yogyakarta (2006). Especifican la aplicación de la legislación internacional de derechos humanos con relación a la orientación sexual y la identidad de género. Entre diversos principios que proponen establecer estándares básicos para evitar los abusos y dar protección a los derechos humanos de las personas LGTBI+, en el quinto principio (derecho a la seguridad personal) se establece que toda persona, con independencia de su orientación sexual o identidad de género.
- Convenio sobre la violencia y el acoso, número 190 en el cual se reconoce entre otras cuestiones que la violencia y el acoso afectan negativamente a la organización del trabajo, el compromiso y productividad de cada trabajador/a, las relaciones en el lugar de trabajo y la reputación del mismo.
Área de Políticas de Género y Diversidades
area.generoydiversidades@conicet.gov.ar