BECAS
GUZMAN Leticia Ana
congresos y reuniones científicas
Título:
CALIDAD AMBIENTAL EN LA REGIÓN PERIURBANA DE VILLA MARÍA, CÓRDOBA
Autor/es:
BECKER ANALÍA ROSA; BEDANO JOSE CAMILO; GUZMÁN LETICIA ANA; AMIONE ALEJANDRA
Lugar:
Villa María
Reunión:
Jornada; IX Jornada de Investigación 2014; 2014
Institución organizadora:
Universidad Nacional de Villa María
Resumen:
El desarrollo urbano y la distribución de la población en el espacio y el tiempo producen impactos en el ambiente natural. Estas modificaciones originan nuevos y diferentes paisajes que modifican las características y capacidades del sistema ecológico. La localidad de Villa María según el censo de 2010 cuenta con 80.006 habitantes y el Departamento de San Martin no ha sido uno de los de mayor crecimiento, teniendo un valor de crecimiento del 9,77%.De las localidades del Departamento que concentran la mayor población son Villa María y Villa Nueva. Esta condición de crecimiento poblacional en zonas urbanas debe ser abarcada desde las diferentes áreas de estudio y los Indicadores Ambientales son una herramienta práctica para diagnosticar y proyectar el desarrollo de la localidad.Los Indicadores Ambientales fueron fomentados por las Naciones Unidas para la identificación de los impactos ambientales y la planificación que permita prevenir y reducir esos impactos. Son una herramienta útil y aplicable para establecer la situación en la cual se encuentra el área de estudio y dan conocimiento para establecer pautas para la planificación.El modelo a implementar es el de PRESIÓN?ESTADO?RESPUESTA.Por ello el objetivo del proyecto es evaluar la calidad ambiental en la región periurbana de Villa María, Córdoba estableciendo posibles relaciones con las presiones derivadas de las actividades humanas, como así también, con el nivel de respuesta de la sociedad a los cambios en la condición del ambiente. En la ciudad de Villa María el marco normativo relacionado a las zonas periurbanas está enmarcado en la Ordenanza Municipal 6402 que establece la zonificación urbana, la Ordenanza Municipal 6.118 de zona de resguardo ambiental, la Ley Provincial 10.208 de política ambiental provincial y la Ley Provincial 9164 de aplicación de agroquímicos. Basados en el paradigma de la homogeneidad del paisaje se delimitaron áreas homogéneas sobre la base del tipo de uso de suelo predominante y con ello establecer la aptitud de la tierra.A partir de las normativas que enmarcan el territorio, con el marco  conceptual de uso del suelo establecido se realizaron los relevamientos a campos delimitándose ocho áreas. Se establecieron mayoritariamente áreas de uso agrícola exclusivo, agrícola mixto (con rotación de cultivo), agrícola y ganadero (cultivo con ingreso de animales), uso ganadero  (cría intensiva de animales), uso extractivo (suelos con extracción de suelo para producción de ladrillos), uso industrial y producción hortícola.La zona periurbana de la localidad representa aproximadamente más del 50% de la totalidad de la superficie municipal dividida mayoritariamente en las clasificaciones previamente mencionadas. Estos terrenos cuentan con una modificación de su condición natural de la ecorregión a la que corresponde y por otra parte, los terrenos establecidos dentro del ejido municipal son terrenos urbanizables. La planificación del crecimiento urbano sobre la zona periurbana deberá basarse en los conocimientos que se cuenten sobre el estado y la presión que se generan sobre el ambiente. Así la caracterización de las áreas por su uso del suelo y los indicadores ambientales, serán claves para el ordenamiento territorial local.