INVESTIGADORES
BUIS Emiliano Jeronimo
congresos y reuniones científicas
Título:
¡Mentiras persas en Atenas! Embajadores falsos y la retórica de la anti-diplomacia en Acarnienses 1-173
Autor/es:
BUIS, EMILIANO JERÓNIMO
Lugar:
Bahía Blanca
Reunión:
Otro; III Coloquio Nacional de Investigadores en Estudios del Discurso "El Discurso: objeto de estudio y práctica social"; 2005
Institución organizadora:
Facultad de Humanidades de la Universidad Nacional del Sur
Resumen:
En Acarnienses de Aristófanes –la primera comedia antigua que se ha transmitido en su totalidad- la trama se inicia con una serie de referencias que apuntan a un juego léxico en materia de extranjería y diplomacia. Desde una perspectiva filológica, y como introducción, advertiremos que a lo largo de la pieza no es extraño encontrar instituciones jurídicas destinadas a regular los vínculos entre atenienses y otras poblaciones extranjeras, como los persas o tracios. En este sentido, los primeros versos de la obra (1-173), que trabajaremos en esta comunicación, resultan significativos desde el relevamiento de sus estrategias textuales. Allí, a través de la mirada del protagonista, Diceópolis, se traducen los procedimientos de inversión típicos del género cómico: los falsos forasteros aparecen como litigiosos y amorales, y la naturaleza de los vínculos diplomáticos se ve burlada en cuanto se descubren las intencionalidades subyacentes al discurso de la hospitalidad. La subversión de la terminología vinculada con el derecho público ateniense en materia de política ‘internacional’ queda también evidenciada al leer el pasaje en clave jurídica: aquellos que aparecen en un comienzo como legalmente ‘marginales’ terminan desplazándose de la perisferia para ocupar una subjetividad central en el espacio teatral/discursivo de la polis. Concluiremos que, en toda esta escenificación inicial de la Asamblea, los retratos textuales del heraldo y del enviado persa, Pseudartabas, se vuelven un ejemplo de las críticas que el autor dirige hacia la influencia bárbara en la vida política de Atenas (cf. vv. 515-519, etc.) y, sobre todo, hacia la convencionalidad de la regulación jurídica de las relaciones exteriores.