INVESTIGADORES
BUIS Emiliano Jeronimo
congresos y reuniones científicas
Título:
“Entre los compromisos bilaterales y la clausula de supremacía: contactos juridicos de Roma con las ciudades helenizadas de Oriente”
Autor/es:
BUIS, EMILIANO JERÓNIMO
Lugar:
Buenos Aires
Reunión:
Congreso; I Congreso Internacional Oriente-Occidente “Los campos de la diversidad y el encuentro”; 2007
Institución organizadora:
Catedra Libre de Estudios Arabes y la Catedra de Historia Antigua “B” de la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad de Buenos Aires
Resumen:
Si analizamos los testimonios de los acuerdos firmados por Roma con las poleis de Grecia y Asia Menor hacia fines de la época republicana, llama la atención la equiparación de las partes en el texto de los tratados, que no se corresponde –en el plano de la realidad- con la pronunciada diferencia establecida entre la urbs como potencia hegemónica y las pequeñas ciudades helenísticas. Gruen (1984) considera, para explicar este fenómeno, que en verdad se trataba de meros actos de cortesía, y en el mismo sentido Ferrary (1990) sostiene que la equiparación de las partes se explica por la función simbólica de los convenios. Debe destacarse, sin embargo, que estas dos interpretaciones dejan de lado la funcionalidad jurídica implícita en la firma de acuerdos y la imbricación de una Roma expansionista en el contexto de una extensa tradición de relaciones internacionales en torno del Mar Mediterráneo. Así, la lectura de las fuentes revela que, junto con las normas de carácter estrictamente bilateral –propias del foedus aequum-, se hallan cláusulas de supremacía, que en definitiva terminaban subordinando la contraparte al imperium y a la maiestas del pueblo romano. Nuestro objetivo consistirá en mostrar que, mediante la adaptación de la tradición helénica de la firma de tratados entre sujetos jurídicamente iguales, los romanos consiguieron involucrarse con los pueblos griegos de Oriente desde un instrumento jurídico que les resultaba habitual. Sin embargo, la funcionalidad subyacente era muy distinta. Si con estos contactos formales Roma consolidaba el uso activo de un esquema jurídico ya vigente y reconocido en las ciudades conquistadas, era precisamente porque con esa base se trataba de readaptar los mecanismos tradicionales de la diplomacia a un nuevo objetivo: el afianzamiento en el Este de su propia superioridad.