IHUCSO LITORAL   26025
INSTITUTO DE HUMANIDADES Y CIENCIAS SOCIALES DEL LITORAL
Unidad Ejecutora - UE
capítulos de libros
Título:
El deber de informar del consumidor o el "deber de informarse" para informar del proveedor en la jurisprudencia
Autor/es:
BIANCHI LORENA VANINA
Libro:
Revista de Derecho Privado y Comunitario - Sección Jurisprudencia Contratos
Editorial:
Rubinzal - Culzoni Editores
Referencias:
Lugar: Santa Fe; Año: 2019; p. 703 - 742
Resumen:
En el presente trabajo se realiza el comentario crítico a tres fallos en los que subyace una problemática que ha sido escasamente trabajada por la doctrina y por la jurisprudencia, se trata del deber de información del destinatario de la obligación de informar. En el caso de los contratos de consumo, el deber de informar del consumidor, o el deber de ?autoinformarse? para informar del proveedor. El problema se plantea cuando la información que debe proporcionar el consumidor o parte débil del contrato, es transmitida de un modo negligente o existe algún tipo de reticencia, que impacta en una eventual ineficacia negocial o responsabilidad por daños.Frente a tales situaciones, el proveedor, que tiene la obligación de informar, y utiliza como base la información que le proporciona el consumidor, ¿debe confiar en las declaraciones realizadas por el consumidor? o ¿debería realizar los exámenes pertinentes para chequear esa información que le transmite el consumidor? ¿debería explicar el contenido de las preguntas hasta obtener una respuesta diligente por parte del consumidor? En el caso, de que esa información haya sido transmitida negligentemente por el consumidor y que se hayan generado daños en su persona o en su patrimonio, este hecho ¿es pasible de configurar culpa de la víctima susceptible de romper el nexo adecuado de causalidad en una acción de responsabilidad? ¿es suficiente una declaración negligente del consumidor para habilitar la resolución de un contrato? Algunas de estas cuestiones se tratan en los fallos que se comentan.