UE-CISOR   25749
UNIDAD EJECUTORA EN CIENCIAS SOCIALES REGIONALES Y HUMANIDADES
Unidad Ejecutora - UE
congresos y reuniones científicas
Título:
La enfiteusis en el proceso desamortizador decimonónico -y un siglo después-
Autor/es:
TERUEL, ANA A.
Reunión:
Workshop; Workshop Internacional. La propiedad y sus derechos. Intersección entre prácticas sociales, ideas y tradiciones jurídicas (Argentina y Chile, siglos XIX-XX); 2020
Institución organizadora:
Universidad Bernardo O?Higgins y Pontifica Universidad Católica Argentina
Resumen:
En el viejo continente europeo, históricamente la enfiteusis se aplicó con mayor frecuencia en regiones poco pobladas con el propósito de procurar el avance sobre tierras sin roturar. En general se trataba de contratos entre particulares laicos o eclesiásticos, y con mucho menos frecuencia era el Estado quien conservaba el dominio directo (Luna, 2011).Congost (2011) sostiene que en Cataluña los contratos enfitéuticos habían sido muy importantes en el desarrollo agrario de los siglos XVIII y XIX y habían transmitido miles de parcelas a los trabajadores de la tierra. Mientras que en varias regiones europeas el contrato enfitéutico era preferido por los campesinos sobre cualquier otro, en la América decimonónica, cuando se aplicó sobre tierras de comunidades indígenas, fue vivido a menudo como una expropiación. Tal fue el caso de la Quebrada de Humahuaca, en la provincia argentina de Jujuy, cuyos pobladores de las antiguas comunidades indígenas se preguntaban por qué debían pagar un canon que les asegurara el derecho sobre sus propios fundos. No se trataba de tierras a roturar, al contrario, estaban densamente pobladas y explotadas. La medida se basaba en la interpretación, en boga en la época, que hacían los gobernantes de los derechos de propiedad otorgados durante el período colonial a los pueblos de indios. Ante la disyuntiva de qué destino dar a la propiedad comunal, si fraccionarla en parcelas individuales reconocidas a los indígenas a título de propiedad privada, o declararlas fiscales y ponerlas a la venta, se optó por una solución intermedia: la enfiteusis, que implicaba el dominio dividido entre sus ocupantes (dominio útil) y el Estado (dominio directo). De esa forma se aseguraba a los ex comuneros la titularidad de su parcela, que ésta pudiera venderse (es decir entrar en el mercado de tierras) a la vez que el fisco obtenía una renta. Es importante destacar que en esta primera etapa se concebía al enfiteuta no como un mero usufructuario, sino como titular de un dominio que equivalía a un estatus de propietario equivalente al que detentaba el Estado.Desde mediados del siglo XIX, en la medida en que se afianzaba la propiedad moderna, la enfiteusis fue desechada como forma de propiedad. En 1860, se permitió la redención de los censos enfitéuticos, y luego, el Código Civil argentino la prohibió expresamente. A la postre, la enfiteusis significó la titularización en pleno dominio de una buena parte de los terrenos de los antiguos comuneros y la formación de un campesinado minifundista que creó una estructura de la propiedad en la Quebrada de Humahuaca con un perfil diferente al resto de la provincia (Fandos y Teruel, 2012).En las primeras décadas del siglo XX, la enfiteusis volvió a ser invocada por los sectores que propugnaban la liquidación de toda la propiedad privada latifundista en el campo y la nacionalización de la tierra, lo que compartía con la mayoría de las corrientes reformistas y revolucionarias de la época. En el norte de Argentina, en la década de 1920, los resultados locales de la enfiteusis inspiraron propuestas de solución al ?problema de la tierra? en la Puna de Jujuy, así como en su espíritu se cimentó el decreto de presidente Perón, de 1949, declarando fiscales los latifundios de la región.