INCIHUSA   20883
INSTITUTO DE CIENCIAS HUMANAS, SOCIALES Y AMBIENTALES
Unidad Ejecutora - UE
capítulos de libros
Título:
Real Universidad de Charcas y Academia Carolina. Libertad académica y libertad política"
Autor/es:
M.CRISTINA SEGHESSO
Libro:
Los abogados y la Revolución de Mayo
Editorial:
Ex-Libris
Referencias:
Lugar: Mendoza; Año: 2009; p. 35 - 95
Resumen:
La particularidad de la región altoperuana en el contexto virreinal rioplatense, se distingue de las demás por un claro sello institucional, económico, étnico y demográfico. La primacía de estos rasgos le otorgó a Charcas el lugar de centro judicial, político, religioso, y comercial, prácticamente la convirtió en una suerte de segunda capital, en la que nos interesa destacar la especial impronta de su cultura jurídica. Esta peculiaridad emerge de la incidencia que conjuntamente tuvieron la Universidad de San Francisco Xavier, la Academia Carolina y el Tribunal de la Real Audiencia, en la formación de una nueva dirigencia nacida de egresados y practicantes. Esta vía permite penetrar en una conflictiva realidad política y socio-espacial, donde la insurgencia puede ser visualizada desde distintas ópticas. En la letrada ciudad de Charcas, signada como la Oxford del Perú, hallaron sede las mencionadas Casas de Estudios Superiores, el Alto Tribunal Judicial y el Arzobispado, cuyos cometidos se desarrollaron en un ámbito de cosmopolitismo indiano que articulaba relaciones interpersonales con un importante volumen de estudiantes provenientes de múltiples jurisdicciones. Esta carga de praxis y saber aflora y la seguimos en los movimientos de Chuqisaca y La Paz, en la oralidad rebelde, en pasquines y en escritos académicos, e igualmente en alegatos sociales y en debates doctrinarios. El trabajo explora el proceso desatado en 1809, su recepción en el colectivo social, la configuración de una esfera pública y de opinión, y sus vínculos con el activo sector forense formado en esta región, que irrumpió como parte de la conducción rioplatense emancipada a partir de Mayo de 1810.