INVESTIGADORES
CLERICO Maria Laura
artículos
Título:
El derecho a la salud, los períodos de carencia respecto del PMO y las prepagas: el caso "Euromédica"
Autor/es:
CLÉRICO LAURA
Revista:
Lexis Nexis - Jurisprudencia Argentina
Editorial:
Jurisprudencia Argentina LexisNexis
Referencias:
Lugar: Buenos Aires; Año: 2008 p. 1 - 13
ISSN:
0326-1190
Resumen:
La satisfacción del contenido del derecho a la salud se posibilita a través de obligaciones exigibles a los estados. Así el derecho a la salud genera tanto obligaciones de no-intervenir como de un hacer positivo. Esas obligaciones son clasificadas por el derecho internacional de los derechos humanos en obligaciones de respetar, de promover-garantizar y de proteger. En especial, el cumplimiento de estas últimas obligaciones impactan en las relaciones entre particulares que se generan por el contrato de medicina privada. La discusión del alcance de estas obligaciones - visto desde la otra perspectiva del alcance del derecho a la salud -, ha sido objeto de varios pronunciamientos por la Corte Suprema de Justicia. Este es el punto central de este artículo. El objetivo es analizar críticamente el alcance de la obligación estatal de protección que genera el derecho a la salud cuando el sujeto obligado a la prestación es, además, una entidad o empresa de medicina prepaga. La hipótesis de trabajo sigue sosteniendo que el impacto del derecho internacional de los derechos humanos se observa también en el orden interno en la interpretación del derecho a la salud cuando se trata de una relación entre particulares. Este impacto se materializa no sólo por la aplicación de leyes formales, en especial la ley 24.754, que extienden a las prepagas obligaciones que tienen las obras sociales, sino también por aplicación directa de la constitución, como surge del caso “Unión de Usuarios y Consumidores c/ Compañia Euromédica de Salud S. A. s/ amparo” (en adelante, “Euromédica”) resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación el 8 de abril de 2008. La determinación de la cuestión debatida en el caso “Euromédica” (apartado II.) lleva a plantear las debilidades argumentativas de la posición de las prepagas para atacar directa o indirectamente la constitucionalidad de la ley 24.754. El análisis de la ley 24.754 como expresión de una obligación estatal de prestación implica plantear el alcance de las obligaciones de protección y de control en cabeza del estado y su impacto en las relaciones entre particulares, prestando especial atención a las que surgen del PIDESC. Estas obligaciones se pretendieron discutir en "Euromédica" aunque sin éxito debido a los problemas argumentativos que presentó la prepaga demandada (apartado III). A lo largo de la argumentación se consideran los fallos de la Corte Suprema en los que se discute el alcance del derecho a la salud en las relaciones entre particulares; por ello se determinarán las reglas que surgen de los casos "Etcheverry", "Hospital Británico", "Sartori" y "Cambiaso Péres de Nealón c/ CEMIC" (apartado III). Este análisis contribuirá para sostener que la jurisprudencia de la Corte en el caso “Euromédica” no hace más que confirmar la extensión progresiva de las obligaciones en cabeza de las prepagas privadas en virtud de la interpretación del alcance del derecho a la salud (apartado IV).