INVESTIGADORES
CLERICO Maria Laura
artículos
Título:
Sobre el problema constitucional de la designación de interinos en el ministerio público de la Ciudad. "Rosza" o dos pasos para adelante y "Skiba", ¿un paso para atrás?
Autor/es:
MARÍA LAURA CLÉRICO Y SEBASTIÁN SCHVARTZMAN
Revista:
La Ley
Editorial:
La ley
Referencias:
Lugar: Buenos Aires; Año: 2008 p. 1 - 12
ISSN:
0328-1035
Resumen:
En la década del 90 el sistema de designación de jueces e integrantes del ministerio público entra en crisis. Este período, se caracteriza por la extendida acusación de "amiguismo" o uso de "influencias" en la selección de los candidatos para conformar las propuestas que el Poder Ejecutivo elevaba al Senado para su acuerdo en el ámbito nacional. Estos nombramientos fueron en retrospectiva fuertemente criticados. En este contexto se entiende el énfasis puesto en la implementación del concurso público para el acceso a los cargos de jueces e integrantes del ministerio público en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires en el que juega un papel preponderante el Consejo local. Así la norma constitucional intenta cambiar una práctica teñida por la opacidad en las designaciones. Sin embargo, transcurridos algunos años desde la creación del referido consejo, es notorio que la práctica opone fuertes resistencia al cambio. Este problema se vislumbra en la actualidad a través de los nombramientos de integrantes del ministerio público como interinos y por fuera del procedimiento del concurso público de antecedentes y oposición, que justamente venía a prometernos publicidad, transparencia y posibilidad de discusión ciudadana de la idoneidad de los candidatos propuestos. En este sentido y desde un punto de vista sociológico sostenemos en el trabajo que el fallo "Skiba" habla de cómo la práctica de designación se resiste al cambio impuesto por la constitución. Esta tensión es la que está en juego en este fallo más allá de todos los tecnicismos y vericuetos con que se plantea la cuestión judicial. Para el desarrollo de nuestra tesis, determinaremos primero los hechos que dieron origen al caso; luego de un breve repaso de la cuestión debatida, analizamos los fundamentos de la posición mayoritaria y de la disidencia. Este análisis está orientado a plantear y a responder, en parte, las siguientes preguntas: ¿cómo aparece el argumento deliberativo y de control ciudadano cuando se analizan los nombramientos de subrogantes interinos en violación al procedimiento constitucional? ¿Debe el juez controlar la legalidad de los nombramientos de los funcionarios que actúan ante sus estrados? ¿Se requiere pedido de parte? Pero, ¿de qué parte? ¿Basta con que lo solicite el fiscal? ¿Le compete en virtud de las funciones del art. 125, inc. 1 de la constitución local que establece que el ministerio público debe promover la actuación de la justicia en defensa de la legalidad de los intereses generales de la sociedad? Y si el fiscal no lo solicita, ¿puede realizarlo el juez de oficio? ¿Debe controlarlo en todos los supuestos o sólo cuando la falta de legalidad surja prima facie? En suma, ¿nos encontramos frente a una violación manifiesta a la validez constitucional del título que detenta el funcionario? Y si es así, ¿no es este un supuesto de nulidad absoluta del acto administrativo de designación, con lo que hay que interpretar que el acto nunca existió y que el pronunciamiento del juez al respecto sólo tuvo carácter declarativo?