INVESTIGADORES
CLERICO Maria Laura
artículos
Título:
Impacto del Derecho Constitucional en la interpretación del Derecho común. La interptretación amplia de los abortos permitidos
Autor/es:
CLÉRICO LAURA; LILIANA RONCONI
Revista:
Estudios Constitucionales
Editorial:
Centro de estudios Constitucionales. Chile
Referencias:
Lugar: Talca; Año: 2012 vol. 2012 p. 193 - 230
ISSN:
0718-0195
Resumen:
El objeto de este artículo es analizar la argumentación de la Corte en el caso F.A.L. del 13 de marzo de 2012 en lo que respecta a la interpretación del alcance de los abortos permitidos en el art. 86 del Código Penal.  Al respecto sostenemos que el camino argumentativo por el que la Corte sostiene la interpretación amplia de los abortos permitidos (en adelante, tesis de la interpretación amplia), se basa en el planteo con claridad de los principios constitucionales que se encuentran detrás del art. 86 C.P.  Este planteo sumado al realizado por Argibay en su voto permite realizar proyecciones sobre su impacto en las discusiones sobre despenalización del aborto (apartados IV y VII del trabajo). A su vez, los argumentos que la Corte utiliza para sostener la interpretación amplia del art. 86 inc. 2 C.P. devienen con claridad del bloque de constitucionalidad, en este punto el fallo presenta una gran riqueza argumentativa para reiterar que la reforma de 1994 requiere replantear los lugares desde los que tradicionalmente se pensaron la distribución de competencias entre Estado Nacional (Federal) y provincias, en este caso, respecto de la interpretación del derecho común (apartado VI de este trabajo). Si bien nos detenemos en estos dos puntos, no dejamos de advertir que el fallo sienta otras varias líneas interpretativas que identificaremos pero que no podemos profundizar en esta oportunidad. Así, para el desarrollo de nuestra lectura de la argumentación del fallo y sus proyecciones sobre la discusión actual sobre el aborto, por un lado, y el federalismo, por el otro lado, identificamos primero los hechos y cuestión del caso, las reglas y argumentos de la Corte que surgen del fallo para luego arribar en los apartados VI y VII a nuestra propuesta de reconstrucción argumentativa basada en principios.