ISES   20394
INSTITUTO SUPERIOR DE ESTUDIOS SOCIALES
Unidad Ejecutora - UE
congresos y reuniones científicas
Título:
Una solución diferente para el problema de las indemnizaciones laborales insatisfechas: ¿y si reformamos el derecho la-boral en lugar de forzar la interpretación de la ley societaria?
Autor/es:
ABDALA, MARTIN EUGENIO
Lugar:
La Falda
Reunión:
Congreso; X Congreso Argentino de Derecho Societario - VI Congreso Iberoamericano de Derecho Societario y de la Empresa; 2007
Institución organizadora:
Universidad Nacional de Cordoba
Resumen:
1. Es cierto que las leyes laborales deben cumplirse, pero también lo es que nuestra función como juristas es proponer la modificación de todas aquellas normas que sean contrarias al interés de la comunidad.  2. Los problemas que se generan para cobrar indemnizaciones acordadas en los juicios laborales no deben resolverse vituperando las sociedades mediante la declaración de inoponibilidad de la personalidad jurídica societaria y la extensión de la responsabilidad a los socios y administradores.  3. Para resolver ese problema en lugar de forzarse la interpretación de la LSC, debe –de lege ferenda- , reformarse nuestro derecho laboral que consagra regimenes indemnizatorios absolutamente injustos e inadecuados, y estructurar un sistema para proteger a los trabajadores con instituciones propias de la seguridad social como lo son los seguros de desempleo, los de accidentes por infortunios laborales, etc. 4. De esa forma, la posibilidad de que los trabajadores vean frustradas las posibilidades de cobrar sus acreencias a raíz de la insolvencia o la elusión societaria se reduciría dramáticamente, hasta tal punto que la discusión de la extensión de la responsabilidad a los administradores se desvanecería. 1. Es cierto que las leyes laborales deben cumplirse, pero también lo es que nuestra función como juristas es proponer la modificación de todas aquellas normas que sean contrarias al interés de la comunidad.  2. Los problemas que se generan para cobrar indemnizaciones acordadas en los juicios laborales no deben resolverse vituperando las sociedades mediante la declaración de inoponibilidad de la personalidad jurídica societaria y la extensión de la responsabilidad a los socios y administradores.  3. Para resolver ese problema en lugar de forzarse la interpretación de la LSC, debe –de lege ferenda- , reformarse nuestro derecho laboral que consagra regimenes indemnizatorios absolutamente injustos e inadecuados, y estructurar un sistema para proteger a los trabajadores con instituciones propias de la seguridad social como lo son los seguros de desempleo, los de accidentes por infortunios laborales, etc. 4. De esa forma, la posibilidad de que los trabajadores vean frustradas las posibilidades de cobrar sus acreencias a raíz de la insolvencia o la elusión societaria se reduciría dramáticamente, hasta tal punto que la discusión de la extensión de la responsabilidad a los administradores se desvanecería.