BECAS
AFARIAN Jorge RubÉn
congresos y reuniones científicas
Título:
Derecho de huelga y Constitución de 1949: aporte de las peticiones a la Convención Constituyente
Autor/es:
JORGE AFARIAN; SEBASTIÁN PASARÍN
Lugar:
Cordoba
Reunión:
Jornada; VII Jornadas Nacionales de Historia Social; 2019
Institución organizadora:
Instituto de Investigaciones Históricas "Carlos Segreti"
Resumen:
Los abordajes jurídicos sobre la Constitución de 1949 oscilan entre dos miradas que,resumidamente, podríamos denominar ?marginalista? y ?partidista?3. Así, por un lado, lamayor parte de la bibliografía jurídica se concentra en el debate acerca de la legitimidadilegitimidad de la ley de necesidad de reforma constitucional o en la cláusula de reelecciónpresidencial, destacando su carácter ?autoritario? y otorgándole un carácter marginal en lahistoria constitucional (Badeni, 2006; Bidart Campos, 1986; Ekmekdjian, 1992; Sagüés,2012).Por otro lado, un conjunto importante de la literatura específica se concentra en los rasgos?nacionalistas? o ?anti-imperialistas? de la reforma, además de sostener su legalidad yregulación de avanzada en términos de constitucionalismo latinoamericano (Ramella, 1960y Sampay, 1975).En este sentido, la (no) inclusión del derecho de huelga también fue uno de los temaspredilectos de los juristas laborales. La discusión en el ámbito de la ConvenciónConstituyente, la voz de los inspiradores de la reforma, las razones de su exclusión en tantoderecho natural que no debe ser incluido en una norma estática como es una Constitución,constituyen los tópicos más recurrentes.Apoyados en una mirada revisionista propia de una gran parte de la historiografía argentinareciente, intentaremos hacer un aporte de la riqueza que se oculta detrás de estos abordajes1Abogado (UBA). Becario Doctoral UBACyT. Miembro del Proyecto UBACyT: ?La reforma constitucionalargentina de 1949: alcances del constitucionalismo social argentino en perspectiva transnacional? a cargo de laDra. Leticia J. Vita. Dirección postal: Av. Figueroa Alcorta 2263, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.Dirección de correo electrónico particular: jorge.afarian@gmail.com. Dirección de correo electrónicoinstitucional: jafarian@derecho.uba.ar2 Abogado (UBA). Miembro del Proyecto UBACyT: "La reforma constitucional argentina de 1949: alcancesdel constitucionalismo social argentino en perspectiva transnacional? a cargo de la Dra. Leticia J. Vita. Docenteen la materia ?Elementos de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social?. Dirección postal: Dirección decorreo electrónico: sebapasarin@gmail.com3 Para un estudio específico de la temática, ver Vita (2019). 2tradicionales, particularmente a través de las peticiones sobre el derecho de huelga a laConvención Constituyente de 1949.El análisis de esta fuente específica muestra que la Convención Constituyente recibió, en eltranscurso que duró su trabajo, e incluso antes, numerosas peticiones particulares y colectivasrequiriendo la inclusión expresa de este derecho en el texto de la Constitución.Independientemente de los diversos matices de estas peticiones, su cuantía demuestra quefue una de las temáticas más importantes del proceso de discusión.Ahora bien, ¿cuáles fueron esos colectivos y particulares que solicitaron su inclusión? ¿Enqué términos? ¿Qué derechos la complementaban? El objetivo del presente trabajo escompartir el análisis de estas peticiones, estimando que ello contribuirá a ampliar lacaracterización del panorama político y social de la época y complementará las conocidasexpresiones de los representantes del Estado, los convencionales y los juristas.