BECAS
CARROZZO David Ricardo
congresos y reuniones científicas
Título:
Erosión costera y legislación ambiental. Un caso de estudio: Camet Norte, Partido de Mar Chiquita. Provincia de Buenos Aires.
Autor/es:
CECILIA L. MANTECÓN; DAVID, CARROZZO; JORGE, ÁLVAREZ; DEL RIO, J.L
Lugar:
Monte Hermoso
Reunión:
Jornada; . Primeras Jornadas Bonaerenses sobre Conservación de Ambientes y Patrimonio Costero.; 2015
Institución organizadora:
Fundación Historia Natural
Resumen:
La erosión costera es una problemática ambiental común en algunas ciudades costeras de la provincia de Buenos Aires. Este fenómeno natural es acelerado por actividades antrópicas, por las cuales derivan conflictos judiciales con los ciudadanos que han adquirido lotes y propiedades en dichos terrenos con posibilidad a desaparecer como consecuencia de tal proceso. Para este trabajo partimos de la evidencia geológica que indica la existencia de un severo proceso erosivo en la zona costera de Camet Norte, Partido de Mar Chiquita, provincia de Buenos Aires, para determinar y evaluarla participación y la responsabilidad del Estado por su accionar en las respuestas que le dio a la problemática en la zona en estudio. Para ello, se evalúa la situación ambiental de la zona y se establecen los diferentes factores dominantes y legales que determinaron la problemática actual del área. Desarrollaremos los argumentos jurídicos que nos permiten dimensionar la responsabilidad del Estado en dicho conflicto, a través de un marco teórico y los comentarios de una causa judicial suscitada como consecuencia de esta problemática. De este trabajo podemos concluir que las acciones naturales (tormentas marinas y descargas pluviales), han contribuido probablemente en poca proporción al avance del mar en términos relativos con la de las acciones antrópicas. En efecto, consideramos que la extracción de arena de playa y la construcción de obras de defensa (escolleras) en Santa Clara del Mar, como factores importantes en la inducción de la erosión costera marina, en el sector de Camet Norte. En segundo lugar, analizando la ley de emergencia número 12.112, interpretándola dentro del marco de protección ambiental con rango Constitucional, partiendo del artículo 41 de la Constitución Nacional, la Ley General del ambiente y la Ley 11.723 de la Provincia de Buenos Aires, podemos concluir que la zona en estudio tiene características ambientales relevantes. Asimismo por ser una zona de importancia ambiental, ha sido objeto de desarrollo turístico y económico, del cual se ha beneficiado el sector inmobiliario y el estado la ha urbanizado, permitiendo el loteo, brindando servicios y cobrando los respectivos impuestos y tasas. Si bien el juez rechaza la demanda, consideramos que el estado tiene la obligación de proteger la costa de Mar Chiquita mediante estudios estratégicos que deberán contemplar un diagnostico que determine el estado sinérgico y diacrónico; establezca objetivos, las zonas prioritarias, defina las obras necesarias y el monitoreo de los resultado y del estado ambiental de la costa.